Chinchón (BOCM-20250509-54)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 110

VIERNES 9 DE MAYO DE 2025

7.4.2.2.

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ca y autógena; frío industrial; montaje de Split /A; instalación y
montaje de Uponor; prevención riesgos eléctricos; carnet de instalador de fontanería, calefacción, climatización y/o A.C.S; seguridad
y/o prevención en la construcción; montaje de andamios; carretillas
elevadoras; aislamiento e impermeabilización; aplicación y manejo
y/o carnet de fitosanitario; maquinaria de obra pública; retrocargadora; manipulación telescópica; grúa autocargante.
Los cursos que se refieran a la adquisición de competencias, habilidades y actitudes transversales: prevención de riesgos laborales,
igualdad, no discriminación y prevención violencia de género, auxiliar de geriatría y animadora, auxiliar de enfermería y primeros
auxilios, lengua de signos española, técnicas de comunicación, trabajo en equipo, transparencia en el acceso a la información pública,
protección de datos, idiomas, informática, procedimiento administrativo, calidad de los servicios y digitalización en la administración
electrónica, a razón de:
— De 4 a 10 horas: 5 puntos.
— De 11 a 20 horas: 6 puntos.
— De 21 a 50 horas: 7 puntos.
— De 51 a 80 horas: 7.5 puntos.
— De 81 a 150 horas: 8 puntos.
— De 151 a 250 horas: 8.5 puntos.
— De 251 a 400 horas: 9 puntos.
— De 401 a 500 horas: 9.5 puntos.
— De 501 a 750 horas: 10 puntos.
— De 751 a 1.000 horas: 11 puntos.
— De 1.001 a 1.250 horas: 12 puntos.
— De 1.251 a 1.500 horas: 14 puntos.
— De 1.501 a 1.750 horas: 15 puntos.
— De 1.751 a 2.000 horas: 20 puntos.
No se valorarán los cursos que no acrediten las fechas de realización
y/o las horas de duración, ni los inferiores a 4 horas lectivas.
Se valorarán por igual los cursos de formación de asistencia y de
aprovechamiento recibidos en su país de origen por nacionales de
otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que sean
equivalentes a los anteriormente indicados, serán, asimismo, objeto
de valoración.
La formación superior a la categoría a la que se accede, certificados de profesionalidad, se valorará con 2 puntos o según el apartado 7.4.2.1, optando por la baremación más beneficiosa para la
persona interesada.

8.1. La calificación final del proceso selectivo será la resultante de la suma final de
la calificación otorgada por el órgano de selección a los/las aspirantes que se les haya solicitado la documentación acreditativa de los méritos alegados, sin que en ningún caso pueda ser
superior a 100 puntos.
8.2. En el supuesto de empate entre dos o más aspirantes, este se deshará conforme
al siguiente orden:
— En primer lugar, tendrá prioridad el aspirante con mayor puntuación obtenida en el
apartado 7.4.1 objeto de la convocatoria.
— En segundo lugar, se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en el apartado 7.4.2.
— En tercer lugar, se tendrá en cuenta quien haya ocupado el puesto a mayor porcentaje de jornada, durante más tiempo, conforme al apartado 7.4.1.1 objeto de la
convocatoria, teniéndose en cuenta únicamente si ha ocupado el puesto con las
mismas funciones.
— En cuarto lugar, y de persistir el empate, este se deshará conforme al número obtenido en el sorteo público que tendrá lugar una vez publicada la lista definitiva de
aspirantes admitidos. El aspirante cuyo número de orden en la citada lista coinci-

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Octava. Calificación final del proceso selectivo