B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250509-1)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 1073/2025, de 24 de abril, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso, por el sistema general de acceso libre, a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Titulado Superior, Especialidad de Pedagogía (Grupo I, Nivel 9, Área D) de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 110
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE MAYO DE 2025
Pág. 17
que conforman esta convocatoria, debiendo ser ordenados desde la mayor a la menor de
aquellas puntuaciones, constituyendo la suma de dichas puntuaciones la calificación final
de cada una de las personas aspirantes.
4. En el supuesto de que se produzca un empate en la calificación final obtenida por
las personas participantes, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
— Mayor calificación obtenida en el tercero, segundo y primer ejercicio, por este orden.
— De continuar el empate, el mismo se deshará aplicando la letra “U” de conformidad con
la Resolución de 13 de marzo de 2025, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 71, de 25 de marzo).
5. El órgano de selección no podrá declarar que ha superado el proceso selectivo un
número superior de aspirantes al de plazas convocadas por la presente Orden. Cualquier
propuesta que contravenga lo indicado anteriormente será nula de pleno derecho.
Décima
Lista de aprobados del proceso selectivo y acreditación del cumplimiento de requisitos
1. El órgano de selección hará pública, conforme a lo establecido en la base decimocuarta de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, la relación de aspirantes que han superado el
proceso selectivo, indicando los siguientes extremos:
— Número de orden obtenido en el proceso selectivo, de acuerdo con la puntuación
total alcanzada.
— Identificación de la persona aspirante, en los términos dispuestos en la normativa
aplicable.
— Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la convocatoria.
— Calificación final del proceso selectivo.
2. En cuanto a la acreditación de cumplimiento de requisitos por parte de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, se estará a lo dispuesto en las bases decimocuarta.6 a decimocuarta.9 de la Orden 913/2019, de 26 de marzo.
3. La presentación de la documentación indicada en el apartado anterior deberá realizarse exclusivamente por medios telemáticos, en aplicación de lo recogido en el Decreto 188/2021,
de 21 de julio.
4. Una vez establecida la relación definitiva de personas aspirantes que han superado el
proceso selectivo, el órgano de selección la hará pública en los términos dispuestos en la base
octava.8 de esta orden y elevará a la Dirección General de Función Pública dicha relación, indicando el número de orden obtenido en el proceso selectivo, de acuerdo con la puntuación total alcanzada y datos personales en los términos dispuestos en la normativa de aplicación.
5. La Dirección General de Función Pública dictará resolución declarando, a propuesta del órgano de selección, las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo. Esta resolución será objeto de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, disponiendo las personas interesadas de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de dicha publicación, para presentar, en los términos dispuestos en la citada resolución, la correspondiente documentación.
Undécima
1. Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos en el proceso selectivo por parte de las personas que han superado el mismo y a la vista de la documentación presentada por éstas, y resultando, en todo caso, vinculante la petición de destinos que
hubieran formulado aquellos, la Dirección General de Función Pública procederá a hacer
pública la adjudicación de destinos que, en su caso corresponda, mediante resolución que
será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
2. Por las unidades responsables de personal de las Consejerías, Organismos o Entes de
destino de las plazas adjudicadas, se procederá a la formalización de los contratos con quienes
han resultado adjudicatarios, como personal laboral de la Comunidad de Madrid en la categoría profesional de Titulado Superior, Especialidad de Pedagogía (Grupo I, Nivel 9, Área D),
todo ello de conformidad con lo dispuesto en la base decimoquinta de la Orden 913/2019,
de 26 de marzo, debiendo dichas unidades dar cumplimiento, con carácter previo a la firma de
aquéllos, a lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad
BOCM-20250509-1
Adjudicación de destinos y formalización de los contratos
B.O.C.M. Núm. 110
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que conforman esta convocatoria, debiendo ser ordenados desde la mayor a la menor de
aquellas puntuaciones, constituyendo la suma de dichas puntuaciones la calificación final
de cada una de las personas aspirantes.
4. En el supuesto de que se produzca un empate en la calificación final obtenida por
las personas participantes, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
— Mayor calificación obtenida en el tercero, segundo y primer ejercicio, por este orden.
— De continuar el empate, el mismo se deshará aplicando la letra “U” de conformidad con
la Resolución de 13 de marzo de 2025, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 71, de 25 de marzo).
5. El órgano de selección no podrá declarar que ha superado el proceso selectivo un
número superior de aspirantes al de plazas convocadas por la presente Orden. Cualquier
propuesta que contravenga lo indicado anteriormente será nula de pleno derecho.
Décima
Lista de aprobados del proceso selectivo y acreditación del cumplimiento de requisitos
1. El órgano de selección hará pública, conforme a lo establecido en la base decimocuarta de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, la relación de aspirantes que han superado el
proceso selectivo, indicando los siguientes extremos:
— Número de orden obtenido en el proceso selectivo, de acuerdo con la puntuación
total alcanzada.
— Identificación de la persona aspirante, en los términos dispuestos en la normativa
aplicable.
— Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la convocatoria.
— Calificación final del proceso selectivo.
2. En cuanto a la acreditación de cumplimiento de requisitos por parte de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, se estará a lo dispuesto en las bases decimocuarta.6 a decimocuarta.9 de la Orden 913/2019, de 26 de marzo.
3. La presentación de la documentación indicada en el apartado anterior deberá realizarse exclusivamente por medios telemáticos, en aplicación de lo recogido en el Decreto 188/2021,
de 21 de julio.
4. Una vez establecida la relación definitiva de personas aspirantes que han superado el
proceso selectivo, el órgano de selección la hará pública en los términos dispuestos en la base
octava.8 de esta orden y elevará a la Dirección General de Función Pública dicha relación, indicando el número de orden obtenido en el proceso selectivo, de acuerdo con la puntuación total alcanzada y datos personales en los términos dispuestos en la normativa de aplicación.
5. La Dirección General de Función Pública dictará resolución declarando, a propuesta del órgano de selección, las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo. Esta resolución será objeto de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, disponiendo las personas interesadas de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de dicha publicación, para presentar, en los términos dispuestos en la citada resolución, la correspondiente documentación.
Undécima
1. Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos en el proceso selectivo por parte de las personas que han superado el mismo y a la vista de la documentación presentada por éstas, y resultando, en todo caso, vinculante la petición de destinos que
hubieran formulado aquellos, la Dirección General de Función Pública procederá a hacer
pública la adjudicación de destinos que, en su caso corresponda, mediante resolución que
será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
2. Por las unidades responsables de personal de las Consejerías, Organismos o Entes de
destino de las plazas adjudicadas, se procederá a la formalización de los contratos con quienes
han resultado adjudicatarios, como personal laboral de la Comunidad de Madrid en la categoría profesional de Titulado Superior, Especialidad de Pedagogía (Grupo I, Nivel 9, Área D),
todo ello de conformidad con lo dispuesto en la base decimoquinta de la Orden 913/2019,
de 26 de marzo, debiendo dichas unidades dar cumplimiento, con carácter previo a la firma de
aquéllos, a lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad
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Adjudicación de destinos y formalización de los contratos