C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250508-27)
Convocatoria reconocimientos y menciones – Orden de 23 de abril de 2025, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba la octava convocatoria de los Reconocimientos y las Menciones en Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid correspondiente al año 2025
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 109
JUEVES 8 DE MAYO DE 2025
Pág. 117
Así pues, y en aras a lo establecido en el artículo 13.2 del Decreto 79/2017, de 19 de septiembre, se establecen dos categorías para el reconocimiento a las buenas prácticas preventivas:
a) Empresas o entidades con una plantilla de hasta 50 trabajadores.
b) Empresas o entidades con una plantilla de más de 50 trabajadores.
Segundo
Aceptación de las condiciones de concesión
La presentación de la candidatura implica la aceptación de las condiciones establecidas
en el Decreto 79/2017, de 19 de septiembre, y en esta convocatoria.
Tercero
Procedimiento de concesión
1. El procedimiento de concesión será en régimen de concurrencia competitiva de
acuerdo con los criterios de valoración previstos en el artículo 16 del Decreto 79/2017,
de 19 de septiembre.
2. Se nombrará a tal efecto un Jurado Calificador responsable de la valoración de las
candidaturas presentadas, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 15 del
Decreto 79/2017, de 19 de septiembre.
3. El órgano instructor de los reconocimientos y menciones será el Instituto Regional
de Seguridad y Salud en el Trabajo, en adelante IRSST.
4. Tendrán la consideración de temas prioritarios los siguientes:
a) Actuaciones específicas relativas a sistemas de generación y estudio de datos que
permitan tomar medidas proactivas, y que faciliten la anticipación a los accidentes laborales y enfermedades profesionales.
b) Actuaciones específicas relativas a la implantación de nuevas tecnologías de
transformación digital e inteligencia artificial en los sistemas de gestión de prevención de riesgos laborales en las empresas.
c) Actuaciones específicas de vigilancia de la salud de los trabajadores expuestos a
los posibles riesgos derivados de la implantación y desarrollo de nuevas tecnologías de transformación digital.
d) Actuaciones específicas de planes de gestión del tecnoestrés: políticas y medidas
de gestión de la fatiga y desconexión digital, protocolos, formación, información
y sensibilización.
e) Actuaciones específicas de formación en prevención de riesgos laborales y transformación digital e inteligencia artificial.
Cuarto
1. Las solicitudes para participar en la convocatoria se cumplimentarán en el modelo
normalizado que se encuentra disponible en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid,
en la dirección electrónica: sede.comunidad.madrid y, de conformidad con los artículos 14
y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, las candidaturas se presentarán distinguiendo entre:
a) Personas físicas: se podrá elegir por el interesado la forma de presentación, es decir,
por medios electrónicos o no.
b) Personas jurídicas: para relacionarse con la Administración están obligados a comunicarse por medios electrónicos para cualquier trámite administrativo, incluidas las personas físicas que actúen como representantes de un interesado que esté
obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
2. Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones
Públicas podrán presentarse:
a) Presentación física, en los casos en que proceda:
a. En el registro del IRSST, sito en la calle Ventura Rodríguez, número 7, 2.a planta.
b. En las oficinas de Correos, en cuyo caso deberá realizarlo en sobre abierto,
con objeto de que en la misma figure el sello de dicha entidad y la fecha de su
presentación.
BOCM-20250508-27
Presentación de candidaturas
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 109
JUEVES 8 DE MAYO DE 2025
Pág. 117
Así pues, y en aras a lo establecido en el artículo 13.2 del Decreto 79/2017, de 19 de septiembre, se establecen dos categorías para el reconocimiento a las buenas prácticas preventivas:
a) Empresas o entidades con una plantilla de hasta 50 trabajadores.
b) Empresas o entidades con una plantilla de más de 50 trabajadores.
Segundo
Aceptación de las condiciones de concesión
La presentación de la candidatura implica la aceptación de las condiciones establecidas
en el Decreto 79/2017, de 19 de septiembre, y en esta convocatoria.
Tercero
Procedimiento de concesión
1. El procedimiento de concesión será en régimen de concurrencia competitiva de
acuerdo con los criterios de valoración previstos en el artículo 16 del Decreto 79/2017,
de 19 de septiembre.
2. Se nombrará a tal efecto un Jurado Calificador responsable de la valoración de las
candidaturas presentadas, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 15 del
Decreto 79/2017, de 19 de septiembre.
3. El órgano instructor de los reconocimientos y menciones será el Instituto Regional
de Seguridad y Salud en el Trabajo, en adelante IRSST.
4. Tendrán la consideración de temas prioritarios los siguientes:
a) Actuaciones específicas relativas a sistemas de generación y estudio de datos que
permitan tomar medidas proactivas, y que faciliten la anticipación a los accidentes laborales y enfermedades profesionales.
b) Actuaciones específicas relativas a la implantación de nuevas tecnologías de
transformación digital e inteligencia artificial en los sistemas de gestión de prevención de riesgos laborales en las empresas.
c) Actuaciones específicas de vigilancia de la salud de los trabajadores expuestos a
los posibles riesgos derivados de la implantación y desarrollo de nuevas tecnologías de transformación digital.
d) Actuaciones específicas de planes de gestión del tecnoestrés: políticas y medidas
de gestión de la fatiga y desconexión digital, protocolos, formación, información
y sensibilización.
e) Actuaciones específicas de formación en prevención de riesgos laborales y transformación digital e inteligencia artificial.
Cuarto
1. Las solicitudes para participar en la convocatoria se cumplimentarán en el modelo
normalizado que se encuentra disponible en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid,
en la dirección electrónica: sede.comunidad.madrid y, de conformidad con los artículos 14
y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, las candidaturas se presentarán distinguiendo entre:
a) Personas físicas: se podrá elegir por el interesado la forma de presentación, es decir,
por medios electrónicos o no.
b) Personas jurídicas: para relacionarse con la Administración están obligados a comunicarse por medios electrónicos para cualquier trámite administrativo, incluidas las personas físicas que actúen como representantes de un interesado que esté
obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
2. Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones
Públicas podrán presentarse:
a) Presentación física, en los casos en que proceda:
a. En el registro del IRSST, sito en la calle Ventura Rodríguez, número 7, 2.a planta.
b. En las oficinas de Correos, en cuyo caso deberá realizarlo en sobre abierto,
con objeto de que en la misma figure el sello de dicha entidad y la fecha de su
presentación.
BOCM-20250508-27
Presentación de candidaturas