B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250508-5)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 1079/2025, de 24 de abril, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convoca el proceso selectivo para el acceso, por el sistema de promoción interna, a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Titulado Medio en Fisioterapia (Grupo II, Nivel 7, Área D) de la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 109
do por su naturaleza y duración ello resulte técnica y materialmente posible, siendo en estos casos cada ejercicio objeto de corrección independiente, pasando únicamente a valorar
los sucesivos ejercicios celebrados, en su orden, para aquellas personas aspirantes que hayan alcanzado el nivel establecido por el órgano de selección para superar el ejercicio inmediatamente precedente.
En todo caso, podrán, al menos, acumularse ejercicios cuya duración conjunta no supere cinco horas en la misma sesión diaria para los mismos aspirantes, sin incluir los tiempos de descanso que pudieran establecerse entre ellos, y siempre que no existan razones técnicas o materiales que lo impidan.
2.5. En el caso de las aspirantes que se encuentren en situación de embarazo o puerperio, se valorará por parte del órgano de selección la posibilidad de invertir el orden realización de los ejercicios o su aplazamiento, todo ello sin menoscabo del derecho de todas las
personas aspirantes a una resolución del proceso selectivo ajustada al calendario previsto.
2.6. El órgano de selección, con carácter previo a la celebración de los ejercicios de
la fase de oposición de este proceso selectivo, publicará en el enlace de la página web de la
Comunidad de Madrid correspondiente al mismo, accesible a través de:
https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/oposiciones-promocioninterna-administracion-servicios-comunidad-madrid
o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es:
https://sede.comunidad.madrid , los criterios concretos de corrección de cada uno de ellos.
2.7. El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por
aquella cuyo primer apellido comience por la letra “U”, de conformidad con la Resolución
de 13 de marzo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los
aspirantes en los procesos selectivos que se celebren durante el año 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 71, de 25 de marzo).
2.8. La fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio se hará constar, a
propuesta del órgano de selección en la Resolución por la que se aprueben las relaciones
definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas del proceso selectivo correspondiente, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con una
antelación mínima de diez días hábiles.
La publicación del anuncio de celebración del segundo ejercicio, así como la de la lista de personas aprobadas de los mismos, se efectuará en la página web correspondiente a
esta convocatoria, accesible desde el enlace:
https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/oposiciones-promocioninterna-administracion-servicios-comunidad-madrid
o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es:
https://sede.comunidad.madrid
2.9. La celebración del primer ejercicio se realizará en el primer trimestre de 2026.
3. Fase de concurso.
3.1. Esta fase, a la que podrá acceder un número de aspirantes superior al de plazas
convocadas, consistirá en la valoración de los méritos de aquellas personas aspirantes que
hayan superado todos los ejercicios de la fase de oposición, conforme al baremo y puntuación que figura a continuación, valorándose todos ellos con referencia al día de finalización
del plazo de presentación de solicitudes.
3.2. Serán objeto de valoración los méritos que se detallan a continuación:
a) Servicios prestados en la misma categoría profesional y especialidad desde la que
se promociona en cualquier Administración Pública, a razón de 0,5 puntos por
cada año completo de servicio, teniendo en cuenta que quedarían excluidos de dicho cómputo los dos años exigidos como requisito de participación en la base tercera.3 de esta convocatoria.
La baremación del tiempo en el que la persona candidata haya permanecido en excedencia, reducción de jornada u otros permisos relacionados con la conciliación
de la vida personal, familiar y laboral, deberá computarse de acuerdo con la legislación vigente en la materia.
La valoración de este merito podrá alcanzar un máximo de 80 puntos.
BOCM-20250508-5
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 109
do por su naturaleza y duración ello resulte técnica y materialmente posible, siendo en estos casos cada ejercicio objeto de corrección independiente, pasando únicamente a valorar
los sucesivos ejercicios celebrados, en su orden, para aquellas personas aspirantes que hayan alcanzado el nivel establecido por el órgano de selección para superar el ejercicio inmediatamente precedente.
En todo caso, podrán, al menos, acumularse ejercicios cuya duración conjunta no supere cinco horas en la misma sesión diaria para los mismos aspirantes, sin incluir los tiempos de descanso que pudieran establecerse entre ellos, y siempre que no existan razones técnicas o materiales que lo impidan.
2.5. En el caso de las aspirantes que se encuentren en situación de embarazo o puerperio, se valorará por parte del órgano de selección la posibilidad de invertir el orden realización de los ejercicios o su aplazamiento, todo ello sin menoscabo del derecho de todas las
personas aspirantes a una resolución del proceso selectivo ajustada al calendario previsto.
2.6. El órgano de selección, con carácter previo a la celebración de los ejercicios de
la fase de oposición de este proceso selectivo, publicará en el enlace de la página web de la
Comunidad de Madrid correspondiente al mismo, accesible a través de:
https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/oposiciones-promocioninterna-administracion-servicios-comunidad-madrid
o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es:
https://sede.comunidad.madrid , los criterios concretos de corrección de cada uno de ellos.
2.7. El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por
aquella cuyo primer apellido comience por la letra “U”, de conformidad con la Resolución
de 13 de marzo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los
aspirantes en los procesos selectivos que se celebren durante el año 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 71, de 25 de marzo).
2.8. La fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio se hará constar, a
propuesta del órgano de selección en la Resolución por la que se aprueben las relaciones
definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas del proceso selectivo correspondiente, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con una
antelación mínima de diez días hábiles.
La publicación del anuncio de celebración del segundo ejercicio, así como la de la lista de personas aprobadas de los mismos, se efectuará en la página web correspondiente a
esta convocatoria, accesible desde el enlace:
https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/oposiciones-promocioninterna-administracion-servicios-comunidad-madrid
o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es:
https://sede.comunidad.madrid
2.9. La celebración del primer ejercicio se realizará en el primer trimestre de 2026.
3. Fase de concurso.
3.1. Esta fase, a la que podrá acceder un número de aspirantes superior al de plazas
convocadas, consistirá en la valoración de los méritos de aquellas personas aspirantes que
hayan superado todos los ejercicios de la fase de oposición, conforme al baremo y puntuación que figura a continuación, valorándose todos ellos con referencia al día de finalización
del plazo de presentación de solicitudes.
3.2. Serán objeto de valoración los méritos que se detallan a continuación:
a) Servicios prestados en la misma categoría profesional y especialidad desde la que
se promociona en cualquier Administración Pública, a razón de 0,5 puntos por
cada año completo de servicio, teniendo en cuenta que quedarían excluidos de dicho cómputo los dos años exigidos como requisito de participación en la base tercera.3 de esta convocatoria.
La baremación del tiempo en el que la persona candidata haya permanecido en excedencia, reducción de jornada u otros permisos relacionados con la conciliación
de la vida personal, familiar y laboral, deberá computarse de acuerdo con la legislación vigente en la materia.
La valoración de este merito podrá alcanzar un máximo de 80 puntos.
BOCM-20250508-5
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