D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250507-29)
Autorización instalación eléctrica – Resolución de 28 de febrero de 2025, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, sobre autorización administrativa y aprobación del proyecto para la construcción de una nueva subestación eléctrica denominada ST Galapagar II (ISE281) ubicada en ctra. M-528, P. K. 32,000 en el término municipal de Galapagar, solicitado por I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U. Número expediente: 2025P74-14-0141-00074.5/2025
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 108
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 108
— Sistema de 66 kV:
Nuevo sistema de celdas compactas de aislamiento de SF6 en instalación interior,
con configuración de simple barra, compuesto por:
d Una (1) única posición con celda doble de línea-transformador.
— Sistema de 20 kV:
Nuevo sistema de celdas compactas de aislamiento de SF6 en instalación interior,
con configuración de simple barra, compuesto por:
d Seis (6) posiciones de línea.
d Una (1) posición de transformador.
d Una (1) posición de transformador de servicios auxiliares sin interruptor.
d Una (1) posición de medida de tensión de barras sin interruptor.
d Una (1) posición de partición de barras.
d Una (1) posición de enlace de barras sin interruptor.
— Elementos auxiliares:
d Un (1) transformador auxiliar de 250 kVA y relación de transformación
20/0,380-0,220 kV.
d Una (1) reactancia trifásica de puesta a tierra 1000 A-10 segundos.
d Una (1) resistencia monofásica de puesta a tierra 500 A.
Segundo
Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el párrafo anterior con
arreglo a las siguientes condiciones:
1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones
que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.
2. El plazo de ejecución de la instalación será de 24 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole que si transcurrido dicho plazo no hubiera sido presentada la solicitud del acta de puesta en servicio, acompañada de la
documentación establecida en el Anexo I del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad
de la aprobación del proyecto, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas
justificadas, ampliación del plazo establecido.
3. La documentación a presentar con la solicitud de acta de puesta en servicio deberá
incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas
de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes
y derechos a su cargo.
Tercero
La presente autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución se concede sin perjuicio de las obligaciones del titular de disponer de las autorizaciones, licencias,
informes favorables, aprobaciones o concesiones que fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes o de terceros y de lo exigido por la ordenación urbanística;
así como del cumplimiento por parte del titular de otras obligaciones con los propietarios
de locales y terrenos.
Se deberán cumplir las condiciones expresadas en el Informe de Impacto Ambiental
(SEA 40/20) de fecha 29 de noviembre de 2020 y referencia 10/520880.9/20 emitido por la
extinta Dirección General de Sostenibilidad y Cambio Climático de la Comunidad de
Madrid citado en los Antecedentes de Hecho y señaladas en el anexo adjunto a la presente
resolución.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el Viceconsejero de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
BOCM-20250507-29
Cuarto
Pág. 108
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 108
— Sistema de 66 kV:
Nuevo sistema de celdas compactas de aislamiento de SF6 en instalación interior,
con configuración de simple barra, compuesto por:
d Una (1) única posición con celda doble de línea-transformador.
— Sistema de 20 kV:
Nuevo sistema de celdas compactas de aislamiento de SF6 en instalación interior,
con configuración de simple barra, compuesto por:
d Seis (6) posiciones de línea.
d Una (1) posición de transformador.
d Una (1) posición de transformador de servicios auxiliares sin interruptor.
d Una (1) posición de medida de tensión de barras sin interruptor.
d Una (1) posición de partición de barras.
d Una (1) posición de enlace de barras sin interruptor.
— Elementos auxiliares:
d Un (1) transformador auxiliar de 250 kVA y relación de transformación
20/0,380-0,220 kV.
d Una (1) reactancia trifásica de puesta a tierra 1000 A-10 segundos.
d Una (1) resistencia monofásica de puesta a tierra 500 A.
Segundo
Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el párrafo anterior con
arreglo a las siguientes condiciones:
1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones
que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.
2. El plazo de ejecución de la instalación será de 24 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole que si transcurrido dicho plazo no hubiera sido presentada la solicitud del acta de puesta en servicio, acompañada de la
documentación establecida en el Anexo I del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad
de la aprobación del proyecto, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas
justificadas, ampliación del plazo establecido.
3. La documentación a presentar con la solicitud de acta de puesta en servicio deberá
incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas
de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes
y derechos a su cargo.
Tercero
La presente autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución se concede sin perjuicio de las obligaciones del titular de disponer de las autorizaciones, licencias,
informes favorables, aprobaciones o concesiones que fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes o de terceros y de lo exigido por la ordenación urbanística;
así como del cumplimiento por parte del titular de otras obligaciones con los propietarios
de locales y terrenos.
Se deberán cumplir las condiciones expresadas en el Informe de Impacto Ambiental
(SEA 40/20) de fecha 29 de noviembre de 2020 y referencia 10/520880.9/20 emitido por la
extinta Dirección General de Sostenibilidad y Cambio Climático de la Comunidad de
Madrid citado en los Antecedentes de Hecho y señaladas en el anexo adjunto a la presente
resolución.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el Viceconsejero de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
BOCM-20250507-29
Cuarto