C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250507-15)
Autorización implantación enseñanzas –  Orden 1182/2025, de 21 de abril, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se autoriza la extensión de la enseñanza bilingüe español – inglés en segundo ciclo de Educación Infantil, su implantación en la etapa de Educación Primaria y su continuidad en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria, en centros privados concertados del ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid durante el curso 2025-2026
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 108

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
ORDEN 1182/2025, de 21 de abril, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se autoriza la extensión de la enseñanza bilingüe español–inglés
en segundo ciclo de Educación Infantil, su implantación en la etapa de Educación Primaria y su continuidad en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria, en centros
privados concertados del ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid durante el
curso 2025-2026.

La Comunidad de Madrid ha fijado entre sus objetivos prioritarios en materia educativa la incorporación del inglés como lengua extranjera y lengua vehicular en la impartición
de algunas áreas y materias, en el convencimiento de que el dominio de este idioma es una
herramienta imprescindible para que los alumnos puedan alcanzar, de hecho, una efectiva
y completa integración en la ciudadanía europea.
A fin de continuar con la implantación de la enseñanza bilingüe español–inglés que se
inició en los centros privados concertados en el curso 2008-2009, esta Consejería ha regulado los centros privados concertados bilingües del ámbito de gestión de la Comunidad de
Madrid mediante las siguientes normas:
— Orden 763/2015, de 24 de marzo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan los centros privados concertados bilingües del ámbito
de gestión de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 9 de abril), modificada parcialmente por la Orden 399/2017, de 14 de
febrero, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte.
— Orden 988/2023, de 22 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación
y Universidades, por la que se regula la organización, la autorización y la financiación de la extensión de la enseñanza bilingüe español–inglés en el segundo ciclo de Educación Infantil en los centros privados concertados bilingües de la Comunidad de Madrid.
— Orden 5538/2024, de 10 de diciembre, de la Consejería de Educación, Ciencia y
Universidades, por la que se modifican las órdenes que regulan la enseñanza bilingüe español–inglés en centros privados concertados, para su adaptación a la financiación establecida en las leyes de presupuestos generales de la Comunidad de
Madrid.
La primera norma citada regula los requisitos para la autorización de la implantación
de la enseñanza bilingüe en español–inglés en los centros privados concertados en las etapas de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, así como el procedimiento para tramitar las solicitudes en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria.
La segunda norma regula la extensión de esa enseñanza en segundo ciclo de Educación Infantil, además del procedimiento para tramitar las solicitudes en las etapas de Educación Primaria y segundo ciclo de Educación Infantil.
Por su parte, la Orden 5538/2024, de 10 de diciembre, recoge el cambio previsto en las
leyes de presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, en cuanto a la forma de aplicación de la financiación con fondos públicos de la enseñanza bilingüe que, sin incrementar su cuantía, dará estabilidad a la misma y facilitará su gestión.
En virtud de la disposición final primera de la Orden 988/2023, de 22 de marzo, y de
la disposición adicional primera de la Orden 763/2015, de 24 de marzo, la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio dictó dos resoluciones, de 9 de diciembre de 2024, que concretaron los procedimientos para solicitar la autorización o excepción del programa bilingüe en segundo ciclo de Educación infantil, así como para solicitar
la autorización para implantar el programa bilingüe en la etapa de Educación Primaria y de
Educación Secundaria Obligatoria.
Posteriormente, de acuerdo con lo regulado en las instrucciones cuarta y octava de ambas Resoluciones de 9 de diciembre, el 26 de febrero de 2025 se reunió la Comisión de Valoración al objeto de comprobar el cumplimiento de los requisitos que debían reunir los centros solicitantes, valorar técnicamente los proyectos conforme a los criterios de valoración

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