C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250506-40)
Regulación acceso Programa Asistencia Material Básica –  Resolución 2083/2025, de 22 de abril, de la Dirección General de Servicios Sociales e Integración de Acceso al Programa de Asistencia Material Básica en la Comunidad de Madrid en el período 2025-2028, cofinanciado al 90 por 100 por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) 2021/2027
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 107

Undécimo
Compatibilidad
El acceso a este programa es compatible con cualquier otra ayuda otorgada por las Administraciones Públicas.
Duodécimo
Protección de datos personales

BOCM-20250506-40

Los datos personales de los usuarios se integrarán en el tratamiento de datos personales “Asistencia Material Básica”. El tratamiento de datos se realizará bajo la responsabilidad de la Dirección General de Servicios Sociales e Integración, C/ Espartinas, 10, C.P. 28001 Madrid, pudiendo consultar más información al respecto en
https://www.comunidad.madrid/gobierno/informacion-juridica-legislacion/protecciondatos .
Los datos personales que se obtengan de los usuarios serán tratados o en su caso, comunicados a los órganos de esta Administración y otras Administraciones para la finalidad
declarada. Se mantendrán durante el tiempo que sea necesario para cumplir con la finalidad
para que se recabaron, así como el período en el que pudieran derivarse responsabilidades
jurídicas y deberán conservarse durante los períodos establecidos en la normativa de archivos y patrimonio documental de la Comunidad de Madrid.
El contacto con el delegado de protección de datos estará determinado por el correo:
protecciondatos-psociales@madrid.org , o bien en la dirección postal calle O’Donnell, 50,
Madrid. El ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, limitación y los demás que le
otorga la normativa vigente, requerirán una solicitud firmada dirigida al Responsable, preferentemente mediante el formulario de solicitud “Ejercicio de derechos en materia de protección de datos personales”, presentada por cualquier medio admitido en derecho donde
conste copia de DNI no oponiéndose a la consulta. Asimismo, la entidad, en caso de estar
obligada a tener un delegado de protección de datos, deberá facilitar los datos de contacto
del mismo.
En Madrid, a 22 de abril de 2025.—El Director General de Servicios Sociales e
Integración, Ignacio Ayres Janeiro.