B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250505-7)
Resolución proceso selectivo –  Resolución de 10 de abril de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso selectivo de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Jefe de Equipo, Grupo C, Subgrupo C1, convocado por Orden 368/2022, de 28 de febrero, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 106

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE MAYO DE 2025

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de dichos títulos, junto a la acreditación del pago de la tasa correspondiente por
este concepto. Si se tratara de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá
aportar copia de la credencial de homologación o del certificado de equivalencia,
conforme a la regulación que resulte de aplicación a tal efecto.
En el supuesto de poseer la experiencia sustitutoria de la titulación en los términos
previstos en la base segunda de la ya reiterada Orden de convocatoria, se estará a
lo determinado en el apartado tercero de la presente Resolución.
C) Declaración jurada o promesa de no haber sufrido separación mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los
órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
El modelo con objeto de cumplimentar esa declaración jurada o promesa será facilitado por la citada Dirección General de Recursos Humanos, pudiendo, asimismo, accederse a aquél a través del enlace https://www.comunidad.madrid/gobierno/espaciosprofesionales/personal-funcionario-nuevo-ingreso y, seguidamente, seleccionando el
apartado “Entrega de documentación y petición de destinos”.
2. No obstante, no será necesario aportar la documentación detallada anteriormente
en la letra A) ni la titulación descrita en la letra B), obteniéndose por la Administración, de
oficio, la información a que van ellas referidas, salvo si la persona interesada se opusiera
expresamente a la consulta de datos por medios electrónicos consignada a tal fin en el modelo delimitado en el punto 3 de este apartado segundo.
Sin perjuicio de lo expuesto, en lo relativo a la titulación académica, el acceso de oficio a la información requerida únicamente será posible siempre y cuando la persona aspirante hubiera procedido al abono de la tasa correspondiente a la expedición del título de que
se trate exigido para concurrir a las señaladas pruebas. En caso contrario, deberá aportarse
la documentación acreditativa de la titulación comprendida en la letra B).
3. La documentación reseñada será presentada telemáticamente, cumplimentando el
modelo de impreso normalizado de “Presentación de documentación para adquirir la condición de funcionario de carrera”, que estará disponible en el trámite correspondiente a este
proceso selectivo publicado en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL
es https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/bomberos-jefe-equipo , y adjuntándose a
aquél la documentación pertinente que hubiera de aportarse.
Asimismo, podrá accederse a ese trámite en la página web
https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/bomberos-jefe-equipo-c1pi-2022 .
A estos efectos, para presentar el modelo y documentación por Internet a través del Registro Electrónico de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo o de los demás registros previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, será necesario disponer de uno
de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean
operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista
de confianza de prestadores de servicios de certificación”, o de cualquier otro sistema de
firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
De acuerdo con lo dispuesto en el apartado noveno de la base decimocuarta de la aludida Orden 290/2018, de 27 de junio, a efectos de la acreditación de la posesión, por las personas aspirantes que han superado el presente proceso selectivo de promoción interna, del
requisito contenido en el apartado primero, letra c), de la base segunda de la enunciada Orden 368/2022, de 28 de febrero, según la redacción dada al mismo por la mencionada Orden 680/2022, de 6 de abril, así como del requisito recogido en la base 6.1.e) de la indicada Orden 290/2018, de 27 de junio, y, en su caso, de la experiencia sustitutoria de la
titulación en los términos fijados en esa base segunda, la Administración realizará, de oficio, las comprobaciones oportunas de dichos extremos.
Cuarto
De conformidad con lo estipulado en el apartado segundo de la base novena de la señalada Orden 368/2022, de 28 de febrero, el cumplimiento del requisito contemplado en el
apartado primero, letra d), de su base segunda, se acreditará mediante un certificado emiti-

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Tercero