Alcobendas (BOCM-20250505-38)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 106

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
38

ALCOBENDAS
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

En relación con la organización administrativa y funcionamiento del Ayuntamiento de
Alcobendas y según lo establecido en el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local,
en sesión de fecha 1 de abril de 2025, que seguidamente se detalla:
3/076-Propuesta de resolución sobre modificación del acuerdo de delegaciones propias de la Junta de Gobierno Local.
Propuesta de alcaldía sobre modificación de delegaciones propias de la Junta de
Gobierno Local.
«Asunto:

Vistos los acuerdos de delegaciones de atribuciones propias de esta Junta de Gobierno
Local en concejales y directores generales, a saber:
— Acuerdo 3/168, de 20 de junio de 2023, con corrección de errores mediante acuerdo
de 27 de junio de 2023.
— Acuerdo 10/070, de 27 de febrero de 2024.
— Acuerdo 06/083, de 12 de marzo de 2024.
— Acuerdo 03/098, de 26 de marzo de 2024, con corrección de errores mediante
acuerdo 3/114, de 9 de abril de 2024.
Considerando la plena aplicación del régimen de delegaciones actualmente vigente,
la voluntad del equipo de gobierno de utilizar la técnica de la delegación en el staff de
Direcciones generales existente en la organización municipal y el nombramiento de la
Dirección General de Contratación y Patrimonio a favor de D.a Nuria Onega Carrión, precisa en atención al principio de eficacia en la organización, la modificación de la delegación de facultades en materia de contratación y Patrimonio.
Asimismo, se considera necesario la refundición de la totalidad de acuerdos de delegaciones propias de esta Junta de Gobierno Local adoptados en este mandato y vigentes en
la actualidad, en un único texto refundido en orden a ofrecer transparencia y unidad de contenido de las delegaciones vigentes.
A tal fin, y partiendo de las atribuciones propias de dicho órgano colegiado contenidas
en el artículo 127 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, que se consideran delegables, se detallan seguidamente las facultades así como los concejales y órganos en que se delegan.
Visto el artículo 127.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y en relación a los artículos 9 y 10 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
Visto asimismo lo dispuesto en el artículo 38.1 del Reglamento Orgánico del Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Alcobendas, aprobado por el Pleno Municipal en
sesión de 27 de enero de 2009 (modificado por Plenos de 29 de septiembre de 2009, 23 de
febrero de 1010 y 27 de abril de 2023) (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 3 de junio y 28 de diciembre de 2009, 12 de mayo de 2010 y 20 de julio de 2023).
Elevo a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente acuerdo:
Primero.—Modificar el acuerdo 10/070, de 27 de febrero de 2024 (modificado por
acuerdos 6/083, de 12 de marzo de 2024, y 03/098, de 26 de marzo de 2024-C. de errores

BOCM-20250505-38

PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DEL ACUERDO DE DELEGACIÓN
DE ATRIBUCIONES PROPIAS DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL