Chinchón (BOCM-20250423-66)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 96

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE ABRIL DE 2025

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Quien dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentase la
documentación o de la misma se dedujese que carece de alguno de los requisitos exigidos, no
podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad
en que pudiera haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
El aspirante propuesto quedará sujeto, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones
contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.
El Alcalde deberá nombrar funcionario al aspirante propuesto, desde la terminación de los veinte
días anteriores. El nombramiento mencionado se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad
de Madrid. Una vez publicado el nombramiento de funcionario, éste deberá tomar posesión o
incorporarse en el plazo de un mes.
El/la aspirante que, sin causa justificada, no tomara posesión de su cargo o no se incorporase a su
plaza en el plazo señalado, decaerá en todo derecho que pudiera haber adquirido y se entenderá
que renuncia a la plaza
DÉCIMA. BOLSA DE EMPLEO.
La bolsa de empleo estará compuesta por dos bloques:
-Primer bloque: aspirantes que hayan aprobado la fase de oposición y concurso, por estricto orden
de puntuación.
-Segundo bloque: aspirantes que, no habiendo pasado a la fase de concurso, han superado el
primer ejercicio de la fase de oposición, sin tener en cuenta el concurso, ordenados por la
puntuación obtenida en dicha prueba.
La Alcaldía dictará resolución formando la bolsa de empleo y en la que los/las aspirantes que
constituyan la bolsa de empleo podrán ser propuestos para nombramientos temporales, una vez
comprobados los requisitos para el desempeño del puesto con las exclusiones que resulten
procedentes, para cubrir posibles vacantes o situaciones de ausencia transitoria en puestos de la
misma subescala.
Es obligación de los candidatos incluidos en la Bolsa comunicar al Ayuntamiento cualquier
modificación en sus datos de localización, a efectos de posibles llamamientos.
El orden de llamamiento de los aspirantes inscritos en la bolsa en este Ayuntamiento será por:
Sistema rotativo
El llamamiento a los candidatos se efectuará por orden de prelación (de mayor a menor) y de
forma rotatoria hasta agotar la bolsa, es decir hasta que no hayan sido todos los componentes
nombrados, éstos no podrán repetir salvo que el periodo contratado sea inferior a dos meses.
Si el nombramiento del funcionario no supera dos meses, éste conservara su puntuación y su
posición en la bolsa de empleo a efectos de ser incluido en nuevos llamamientos.
Si el nombramiento del funcionario, tras el primer o sucesivos llamamientos, el tiempo de trabajo
total prestado supera dos meses, el empleado pasará al último puesto de la bolsa. La renuncia
inicial a un nombramiento, o la renuncia durante la vigencia de este, darán lugar a la exclusión de
la Bolsa de Empleo, salvo causas que justifiquen la renuncia.
Son causas que justifican la renuncia a un nombramiento y que implican el mantenimiento dentro
de la Bolsa de Empleo:

— Estar en situación de Suspensión por accidente, baja por enfermedad, intervención
quirúrgica, internamiento hospitalario, maternidad, embarazo de alto riesgo y situación de
riesgo o necesidad acreditada por facultativo que exija la lactancia natural de menores de
nueve meses. La acreditación documentada de la finalización de tal circunstancia dará lugar
a la reposición en el mismo lugar del orden de lista en las Bolsas de Empleo en que se
encontrará la persona afectada.
— Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
Las personas incluidas en la Bolsa tendrán que presentar datos personales suficientes que
permitan su pronta localización, siendo responsables de que estén actualizados en todo momento.

BOCM-20250423-66

— Estar en situación de ocupado, prestando servicios en el Ayuntamiento como personal
contratado, en cualquiera de las formas admitidas en derecho, laboral o funcionario interino.