B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250422-4)
Resolución proceso selectivo –  Resolución de 7 de abril de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso selectivo extraordinario de estabilización de empleo temporal de personal funcionario para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Administración Especial, Escala Docente, Grupo C, Subgrupo C1, de la Comunidad de Madrid, al amparo de lo recogido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 22 DE ABRIL DE 2025

B.O.C.M. Núm. 95

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
4

RESOLUCIÓN de 7 de abril de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso selectivo extraordinario de estabilización
de empleo temporal de personal funcionario para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Administración Especial, Escala Docente, Grupo C, Subgrupo C1, de la Comunidad de Madrid, al amparo de lo recogido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas
Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público.

Mediante Orden 2716/2022, de 22 de noviembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIMADRID número 298, de 15 de diciembre), se convocaron pruebas selectivas para
proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal de personal funcionario para
el ingreso en el Cuerpo Técnicos Auxiliares de Administración Especial, Escala Docente,
Grupo C, Subgrupo C1, de la Comunidad de Madrid, al amparo de lo recogido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas
Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público.
De conformidad con lo dispuesto en la base Décima de la orden anteriormente indicada y demás normativa de aplicación, una vez remitida por el tribunal calificador de las citadas pruebas la relación definitiva de personas aspirantes que han aprobado en el referido
proceso selectivo, la Dirección General de Función Pública ha de dictar la correspondiente
resolución comprensiva de dicha relación, que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, debiendo procederse por aquéllas a la acreditación, en los términos previstos en la citada resolución, del cumplimiento de los requisitos de participación
establecidos en la señalada orden de convocatoria.
En virtud de cuanto antecede, este centro directivo, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,
DAD DE

RESUELVE
Primero
Declarar, a propuesta del tribunal calificador del mencionado proceso selectivo, que
han superado el mismo las personas aspirantes incluidas en la relación que se incorpora
como anexo de la presente Resolución.

1. Con objeto de proceder a su nombramiento como funcionarios de carrera del
Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Administración Especial, Escala Docente, Grupo C, Subgrupo C1 de referencia, las personas aspirantes seleccionadas dispondrán de un plazo de
diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para presentar la documentación que
se especifica a continuación, exigida en el apartado segundo de base Décima de la aludida
Orden 2716/2022 de 22 de noviembre y, por remisión expresa, en el apartado primero de la
base quinta de la Orden 1021/2021, de 27 de abril, de la Consejería de Hacienda y Función
Pública, por la que se establecen los criterios generales que han de regir las convocatorias
del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario
de administración y servicios de la Comunidad de Madrid y del personal laboral al servicio
de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID número 111, de 11 de mayo) que será dirigida a la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, todo ello sin perjuicio
de lo establecido en el punto 2 de este apartado segundo:
A) Copia del Documento Nacional de Identidad o equivalente y, en su caso, de la demás documentación que fuera precisa a efectos de acreditar el cumplimiento del

BOCM-20250422-4

Segundo