Colmenarejo (BOCM-20250422-49)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 95
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 22 DE ABRIL DE 2025
Pág. 153
BOCM-20250422-49
Tercero.—Notificar personalmente la presente resolución a los designados, que requerirá para su eficacia la aceptación del delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si
no se formula ante el alcalde expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el
término de tres días hábiles, contados desde el siguiente a aquel en le sea notificada.
Cuarto.—Queda sin validez ni efectos cualquier otro Decreto o Resolución de Alcaldía dictado con anterioridad relacionado con la organización municipal y delegaciones de
competencias en los concejales.
Quinto.—La presente delegación surtirá efecto desde el día siguiente al de la fecha de
la Resolución, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre.
Colmenarejo, a 8 de abril de 2025.—El alcalde, Fernando Juanas Cerrada.
(03/5.848/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 95
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 22 DE ABRIL DE 2025
Pág. 153
BOCM-20250422-49
Tercero.—Notificar personalmente la presente resolución a los designados, que requerirá para su eficacia la aceptación del delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si
no se formula ante el alcalde expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el
término de tres días hábiles, contados desde el siguiente a aquel en le sea notificada.
Cuarto.—Queda sin validez ni efectos cualquier otro Decreto o Resolución de Alcaldía dictado con anterioridad relacionado con la organización municipal y delegaciones de
competencias en los concejales.
Quinto.—La presente delegación surtirá efecto desde el día siguiente al de la fecha de
la Resolución, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre.
Colmenarejo, a 8 de abril de 2025.—El alcalde, Fernando Juanas Cerrada.
(03/5.848/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791