Colmenarejo (BOCM-20250422-49)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 152

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 22 DE ABRIL DE 2025

B.O.C.M. Núm. 95

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
49

COLMENAREJO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Visto que el artículo 51 del Código Civil dispone que será competente para autorizar
el matrimonio el alcalde, o el concejal en quien este delegue.
Visto que el artículo 124, apartado 5.o, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases del Régimen Local, establece que el alcalde podrá delegar en los demás concejales mediante decreto (resolución) las competencias que se citan en el apartado 4.o de dicho
artículo, entre las que se encuentran, en su letra ñ), las demás que le atribuyan expresamente la leyes y aquellas que la legislación del Estado o de las comunidades autónomas asignen al municipio y no se atribuyan expresamente a otros órganos municipales.
Vista la resolución de Alcaldía número 978/2023, de 22 de agosto de 2023, de delegación de competencia para la celebración de matrimonios civiles del municipio de Colmenarejo en los siguientes concejales:
— D.a Elisa de Pedraza Fernández del Pino.
— D. José Jorge Martín Gómez.
— D. Juan Ramón Irurzun Morán.
— D.a María Luz Cortés Díez.
— D.a Alicia Sánchez López.
— D. Jesús Castro Merino.
— D. Ramón Jesús Vázquez Alfonso.
— D.a Aitana Garrido Ali.
— D. Flavio Yair Bruno.
— D.a Guadalupe de la Fuente.
— D.a María Soledad Sáenz Velasco.
— D. Luis María Gabriel Gómez de Agüero Ormaza.
Visto que con fecha 11 de septiembre de 2023, la concejal D.a Alicia Sánchez López
renuncia a su cargo de concejal.
Visto que con fecha 26 de octubre de 2023, D. Andrés Manuel Arronte Sainz de los Terreros toma posesión de su cargo de concejal en sesión plenaria ordinaria de mencionado día.

Primero.—Delegar la competencia para la celebración de matrimonios civiles en este municipio de Colmenarejo en el concejal D. Andrés Manuel Arronte Sainz de los Terreros.
La lista de los concejales con delegación de competencia para la celebración de matrimonios civiles en el municipio de Colmenarejo, quedaría de la siguiente manera:
— D.a Elisa De Pedraza Fernández del Pino.
— D. José Jorge Martín Gómez.
— D. Juan Ramón Irurzun Morán.
— D.a María Luz Cortés Díez.
— D. Andrés Manuel Arronte Sainz de los Terreros.
— D. Jesús Castro Merino.
— D. Ramón Jesús Vázquez Alfonso.
— D.a Aitana Garrido Ali.
— D. Flavio Yair Bruno.
— D.a Guadalupe de la Fuente.
— D.a María Soledad Sáenz Velasco.
— D. Luis María Gabriel Gómez de Agüero Ormaza.
Segundo.—Los/las concejales/as-delegados/as quedan obligados/as a informar a esta
Alcaldía, a posteriori, de la gestión desarrollada y, con la necesaria antelación, de las decisiones de transcendencia.

BOCM-20250422-49

RESUELVO