B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250421-9)
Resolución proceso selectivo –  Resolución de 4 de abril de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso selectivo de promoción interna específica para el acceso a la categoría profesional de Técnico de Mantenimiento (Grupo III, Nivel 5, Área B) de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 93

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE ABRIL DE 2025

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en los supuestos descritos, se dedujera que carecen de alguno de los mismos, no podrán ser
contratadas en la categoría profesional a la que pretendieran acceder, y quedarán anuladas
sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido por
falsedad en su instancia o documentación.
Quinto
Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos de participación por las personas aspirantes aprobadas, la Dirección General de Función Pública procederá a hacer pública la adjudicación de destinos que, en su caso, corresponda, mediante resolución que será
objeto de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
A tal efecto, y en virtud de lo establecido en el apartado tercero de la Disposición adicional octava del Convenio Colectivo para el Personal Laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (2021-2024), en relación con la Disposición adicional
quinta del vigente Convenio Colectivo (2025-2028), las personas que han superado el proceso selectivo de referencia permanecerán en el mismo puesto de trabajo que vinieran desempeñando con anterioridad, previa modificación de sus características a través de la relación de puestos de trabajo y la plantilla presupuestaria para adecuarlas a la nueva
categoría a la que han de acceder.
Por las unidades responsables de personal de las consejerías, organismos o entes de
destino de las personas aspirantes seleccionadas, se procederá a la formalización de las diligencias en sus contratos, debiendo dichas unidades dar cumplimiento, con carácter previo
a aquélla, a lo estipulado en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre
incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos y Empresas dependientes, en cuanto a la declaración
de actividades en el sector público.
Sexto

BOCM-20250421-9

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, demanda, en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Social
de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, y en el
artículo 69 de la mencionada ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
En Madrid a 4 de abril de 2025.—La Directora General de Función Pública, P. D. F.
(Resolución de 24 de noviembre de 2021), la Subdirectora General de Planificación de
Efectivos y Selección, Elisa Isabel Moreno Bernis.