D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250419-9)
Convenio –  Publicación de convenio-subvención de 24 de marzo de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y Colegio Chesterton Meco, S. L., para el desarrollo del Programa de Cooperación Territorial del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes para la Orientación, Avance y Enriquecimiento Educativo en centros de especial complejidad educativa (Programa PROA+) en el marco del Fondo Social Europeo Plus (FSE+)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 92

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 19 DE ABRIL DE 2025

Pág. 155

Decimotercera
Evaluación del desarrollo del convenio
La evaluación del desarrollo del convenio se realizará de acuerdo a las pautas establecidas por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes para el desarrollo
del programa PROA+FSE+.
El aplicativo informático, que utilizará cada centro concertado beneficiario, desarrollado a efectos de programación y evaluación del programa PROA+FSE+ por el Ministerio
de Educación, Formación Profesional y Deportes, tendrá los siguientes bloques:
— Apartados iniciales: elaboración del Plan Estratégico de Mejora incluyendo todas
y cada una de sus partes y la programación del Plan Anual de Actividades Palanca para cada curso académico.
— Bloques dedicados a la evaluación y Rendición de Cuentas:
• Evaluación del PAP: supondría el 50% del cumplimiento global del acuerdo
mediante la aplicación de indicadores para evaluar cada una de las AP, estos se
dividen en tres clases: grado de aplicación, grado de ejecución (estos dos suponen el 30%) y el grado de impacto (que supone el 20% restante). Mediante el
uso de indicadores y cuestionarios se realizará al menos, una evaluación de
cada una de las AP al final de curso que servirá para conocer, además de la evaluación de las mismas, si se continúa su aplicación para el curso siguiente.
• Evaluación de los compromisos del acuerdo entre CCAA y centro. Supone
el 40% del cumplimiento global del acuerdo y será diferente según pertenezcan
los centros a los itinerarios A, B o C. Se aportarán valoraciones en los indicadores de este bloque, además de ámbitos comunes de la comunidad educativa
del centro otros como Inspección y servicios, departamento o profesionales de
la Orientación Educativa.
• Evaluación de los compromisos comunes de progreso y de los objetivos singulares de centro que completaría el resto del porcentaje dedicado a la valoración
del cumplimiento global del acuerdo, un 10%.
• Rendición de cuentas como síntesis global que emita informes u otra documentación válida para presentar la evaluación y rendición de cuentas del programa
PROA+FSE+ ante los estamentos con atribuciones para ello que lo requieran.
Decimocuarta

Sin perjuicio de los deberes y obligaciones que asumen las entidades beneficiarias participantes, como responsables de los tratamientos de datos personales que deban desarrollar como consecuencia de esta convocatoria, se informa que los datos personales de los representantes de las entidades participantes y los coordinadores del Programa se integrarán
en el tratamiento de datos personales para la actividad 7, denominada “Autorización, financiación, supervisión y seguimiento de programas y planes financiados en centros docentes
concertados de la Comunidad de Madrid, en el Marco del Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia (MRR) y otros Fondos Europeos”.
El tratamiento de los datos personales es necesario para gestionar la acción subvencionable solicitada, misión de interés público recogida en la Ley 8/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, bajo la responsabilidad de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades - D. G. de Educación Concertada, Becas y Ayudas al
Estudio, pudiendo consultar la información adicional y detallada de la información y de
la normativa aplicable en materia de protección de datos en la web de la Agencia Española de Protección de Datos http://www.aepd.es , así como la información sobre el Registro de Actividades de Tratamiento del Responsable antes señalado en el siguiente enlace:
https://www.comunidad.madrid/gobierno/informacion-juridica-legislacion/proteccion-datos
Se garantizará la posibilidad de acceso de la Administración y de los órganos
europeos, nacionales y autonómicos, en su caso, a la información contenida en el Registro
de titularidades reales, creado por la Orden JUS/319/2018, o el acceso a otras bases de datos de la Administración que puedan suministrar dichos datos sobre los titulares reales.
Se garantizará, asimismo, el suministro de la información por parte del beneficiario de
los datos sobre el perceptor final de los fondos, cuando no sea el mismo.

BOCM-20250419-9

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