D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250419-14)
Convenio – Convenio de colaboración de 26 de marzo de 2025, entre la Agencia Madrileña de Atención Social y la Fundación Orquesta y Coro de la Comunidad de Madrid para la organización de conciertos de música y talleres de percusión en varios centros adscritos a la Agencia Madrileña de Atención Social
25 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 92
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 19 DE ABRIL DE 2025
Pág. 205
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
14
CONVENIO de colaboración de 26 de marzo de 2025, entre la Agencia Madrileña de Atención Social y la Fundación Orquesta y Coro de la Comunidad de
Madrid para la organización de conciertos de música y talleres de percusión en
varios centros adscritos a la Agencia Madrileña de Atención Social.
En Madrid, a 26 de marzo de 2025.
REUNIDOS
D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Excma. Sra. Consejera de Familia, Juventud y
Asuntos Sociales, nombrada por Decreto 46/2023, de 23 de junio de la Presidencia de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150 de 26
de junio de 2023), en virtud de su cargo y de las facultades que le confieren el artículo 41 de
la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid, el artículo 4.3 de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de Adecuación de la Normativa de la
Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero. Actúa, asimismo, en calidad
de Presidenta del Consejo de Administración de la Agencia Madrileña de Atención Social y
representante legal de la misma, a tenor de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 1/1984, de
19 de enero, reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, en relación con el apartado cinco.1.a) del artículo 5 de la Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
De otra parte, D.a M.a Antonia Rodríguez Rodríguez, en calidad de Directora Gerente, en virtud del poder otorgado ante el notario de Madrid, Dña. Lucía María Serrano de
Haro Martínez, con fecha 11 de julio de 2023 y número 3135 de su protocolo, actuando en
representación de la Fundación Orquesta y Coro de la Comunidad de Madrid, provista de
CIF G-83385781 y con domicilio en C/ Mar Caspio n.° 4 (C.P. 28033), inscrita en el registro de fundaciones de la Comunidad de Madrid en fecha 25 de noviembre de 2002, con el
número de hoja personal 325, inscripción 1.a, tomo XLVII, folio 301-323, clasificada como
fundación sin ánimo de lucro.
Se reconocen recíprocamente la representación con la cual los comparecientes actúan
y la capacidad legal suficiente para suscribir el presente documento.
Que la Agencia Madrileña de Atención Social (en adelante AMAS) es un organismo autónomo de carácter administrativo adscrito a la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos
Sociales, de la Comunidad de Madrid, que en virtud de lo establecido en el artículo 5.2 de la
Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad
de Madrid, le corresponde ejercer la gestión directa, el desarrollo y el control de los centros
y servicios de asistencia social especializados para personas mayores, personas con discapacidad intelectual, menores en acogida y adultos con necesidades sociales concretas que,
siendo de titularidad de la Comunidad de Madrid, le han sido asignados de conformidad con
la normativa aplicable, así como de los que se le asignen en el futuro.
Entre las competencias que tiene atribuidas por esta ley se encuentran “la promoción,
desarrollo y gestión de recursos de atención social a las personas, a las familias y a los grupos en que éstas se integran para favorecer su bienestar”, así como la “colaboración con administraciones públicas, corporaciones, entidades públicas o privadas y particulares, cuya
competencia o actividad tenga incidencia o sea de interés para el cumplimiento de los fines
atribuidos a la agencia”.
Asimismo, el Decreto 230/2015, de 20 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que
se establece la estructura orgánica de la Agencia Madrileña de Atención Social, en su artículo 3.2.a), punto tercero atribuye la competencia a la gerencia del organismo para “im-
BOCM-20250419-14
MANIFIESTAN
B.O.C.M. Núm. 92
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 19 DE ABRIL DE 2025
Pág. 205
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
14
CONVENIO de colaboración de 26 de marzo de 2025, entre la Agencia Madrileña de Atención Social y la Fundación Orquesta y Coro de la Comunidad de
Madrid para la organización de conciertos de música y talleres de percusión en
varios centros adscritos a la Agencia Madrileña de Atención Social.
En Madrid, a 26 de marzo de 2025.
REUNIDOS
D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Excma. Sra. Consejera de Familia, Juventud y
Asuntos Sociales, nombrada por Decreto 46/2023, de 23 de junio de la Presidencia de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150 de 26
de junio de 2023), en virtud de su cargo y de las facultades que le confieren el artículo 41 de
la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid, el artículo 4.3 de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de Adecuación de la Normativa de la
Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero. Actúa, asimismo, en calidad
de Presidenta del Consejo de Administración de la Agencia Madrileña de Atención Social y
representante legal de la misma, a tenor de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 1/1984, de
19 de enero, reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, en relación con el apartado cinco.1.a) del artículo 5 de la Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
De otra parte, D.a M.a Antonia Rodríguez Rodríguez, en calidad de Directora Gerente, en virtud del poder otorgado ante el notario de Madrid, Dña. Lucía María Serrano de
Haro Martínez, con fecha 11 de julio de 2023 y número 3135 de su protocolo, actuando en
representación de la Fundación Orquesta y Coro de la Comunidad de Madrid, provista de
CIF G-83385781 y con domicilio en C/ Mar Caspio n.° 4 (C.P. 28033), inscrita en el registro de fundaciones de la Comunidad de Madrid en fecha 25 de noviembre de 2002, con el
número de hoja personal 325, inscripción 1.a, tomo XLVII, folio 301-323, clasificada como
fundación sin ánimo de lucro.
Se reconocen recíprocamente la representación con la cual los comparecientes actúan
y la capacidad legal suficiente para suscribir el presente documento.
Que la Agencia Madrileña de Atención Social (en adelante AMAS) es un organismo autónomo de carácter administrativo adscrito a la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos
Sociales, de la Comunidad de Madrid, que en virtud de lo establecido en el artículo 5.2 de la
Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad
de Madrid, le corresponde ejercer la gestión directa, el desarrollo y el control de los centros
y servicios de asistencia social especializados para personas mayores, personas con discapacidad intelectual, menores en acogida y adultos con necesidades sociales concretas que,
siendo de titularidad de la Comunidad de Madrid, le han sido asignados de conformidad con
la normativa aplicable, así como de los que se le asignen en el futuro.
Entre las competencias que tiene atribuidas por esta ley se encuentran “la promoción,
desarrollo y gestión de recursos de atención social a las personas, a las familias y a los grupos en que éstas se integran para favorecer su bienestar”, así como la “colaboración con administraciones públicas, corporaciones, entidades públicas o privadas y particulares, cuya
competencia o actividad tenga incidencia o sea de interés para el cumplimiento de los fines
atribuidos a la agencia”.
Asimismo, el Decreto 230/2015, de 20 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que
se establece la estructura orgánica de la Agencia Madrileña de Atención Social, en su artículo 3.2.a), punto tercero atribuye la competencia a la gerencia del organismo para “im-
BOCM-20250419-14
MANIFIESTAN