C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250415-26)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 1300/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establece, para el ejercicio 2025, la convocatoria de ayudas para la concesión de subvenciones públicas a entidades sin ánimo de lucro, destinadas a financiar la realización de actividades y proyectos ambientales en la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 316

MARTES 15 DE ABRIL DE 2025

B.O.C.M. Núm. 89

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
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EXTRACTO de la Orden 1300/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establece, para el ejercicio 2025, la convocatoria de ayudas para la concesión de subvenciones públicas a entidades sin ánimo
de lucro, destinadas a financiar la realización de actividades y proyectos ambientales en la Comunidad de Madrid.
BDNS: 825309

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y
Ayudas Públicas ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans ) y en la página web de la Comunidad de Madrid ( http://www.madrid.org ).
Primero
Objeto y finalidad
1. La presente Orden tiene por objeto aprobar la convocatoria para 2025 de subvenciones públicas para la realización de actividades y proyectos ambientales en las áreas de
actuación contempladas en el párrafo siguiente.
2. Estas subvenciones tienen por finalidad promover la realización de actividades y
proyectos por entidades sin ánimo de lucro que favorezcan la conservación, defensa y recuperación del patrimonio natural de la región, priorizando: la preservación de la biodiversidad, especialmente de las especies catalogadas; la conservación y mejora de los espacios
naturales protegidos, preferentemente de los hábitats de interés comunitario, de los humedales y del territorio incluido en la Red Natura 2000; así como el fomento, del uso público
sostenible en dichos espacios protegidos, debiendo incorporar también criterios de sostenibilidad y de adaptación al cambio climático en consonancia con la Estrategia de Energía,
Clima y Aire de la Comunidad de Madrid 2023-2030.
Segundo
1. Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas que cumplan los siguientes requisitos:
— Estar debidamente inscritas en los registros oficiales de acuerdo con la normativa
legal que resulte de aplicación.
— Hallarse entre los fines estatutarios de la entidad el tipo de actividad subvencionable para la que se solicita la subvención.
— Acreditar su experiencia en la realización de actividades o proyectos medioambientales que guarden relación directa con el objeto y finalidad señalados en el artículo 1 de las presentes bases, así como con la temática del proyecto presentado.
— Tener como ámbito territorial de actuación la Comunidad de Madrid.
2. No podrán ser beneficiarias de estas ayudas aquellas asociaciones, fundaciones y
otras entidades sin ánimo de lucro en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas
en los apartados 2, 3 y 3 bis del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones. Tampoco podrán serlo la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la Administración Local, ni los entes públicos o las sociedades mercantiles dependientes de las mismas.

BOCM-20250415-26

Beneficiarios