D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250415-31)
Desafectación dominio público – Orden de 21 de marzo de 2025, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se acuerda la desafectación al Servicio Público de la Educación Superior de las parcelas resultantes número 1 y 9 del proyecto de reparcelación del sector “Valdelacasa” del PGOU de Alcobendas, aprobado por Acuerdo de 30 de junio de 2009, de la Junta de Gobierno Local de Alcobendas, cuya titularidad corresponde a la Universidad Politécnica de Madrid (UPM)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 89
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 15 DE ABRIL DE 2025
Pág. 339
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
ORDEN de 21 de marzo de 2025, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se acuerda la desafectación al Servicio Público de la Educación
Superior de las parcelas resultantes número 1 y 9 del proyecto de reparcelación
del sector “Valdelacasa” del PGOU de Alcobendas, aprobado por Acuerdo de
30 de junio de 2009, de la Junta de Gobierno Local de Alcobendas, cuya titularidad corresponde a la Universidad Politécnica de Madrid (UPM).
La Universidad Politécnica de Madrid (UPM) es titular, por título de adjudicación, de
las parcelas número 1 y 9 del Proyecto de Reparcelación del Sector “Valdelacasa” del Plan
General de Ordenación Urbana de Alcobendas, aprobado por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de Alcobendas, de 30 de junio de 2009 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 31 de julio de 2009), con la siguiente descripción:
— Parcela 1: cuenta con una superficie de 19.515,76 m2. En el momento de la aprobación del Proyecto de Reparcelación estaba regulada por la norma zonal industrial del artículo 35 del Plan Parcial que tiene reconocido como uso característico
el uso industrial y como usos permitidos el terciario y el dotacional. El uso dotacional se encontraba limitado al 25 por 100 de la edificabilidad máxima de la parcela. Finca registral 65333 del Registro de la Propiedad 1 de Alcobendas. Parcela
catastral con referencia 4180108VK4848S0001PA
— Parcela 9: cuenta con una superficie de 16.102,06 m2. En el momento de la aprobación del Proyecto de Reparcelación estaba regulada por la norma zonal terciaria correspondiente al artículo 36 del Plan Parcial que tiene reconocido como uso
característico el uso terciario, y como permitidos el terciario y el dotacional. El
uso dotacional se encontraba limitado al 50 por 100 de la edificabilidad máxima
de la parcela. Finca registral 65391 del Registro de la Propiedad número 1 de Alcobendas. Parcela catastral con referencia 4180101VK4848S0001HA.
Según certificado del Gerente de la Universidad Politécnica de Madrid de 16 de febrero de 2024, las fincas registrales 65333 y 65391 inscritas en el Registro de la Propiedad número 1 de Alcobendas, se encuentran inventariadas en el Inventario de la Universidad Politécnica de Madrid con la naturaleza jurídica de “demanial”.
Dichas parcelas adjudicadas traen causa de la inclusión en la delimitación del ámbito
urbanístico descrito de las fincas de origen, canceladas actualmente por la reparcelación en
el interior del ámbito, cuya titularidad correspondía a la Universidad Politécnica de Madrid
(UPM) y que fueron adquiridas originariamente, por expropiación tramitada por el Ministerio de Educación y Ciencia en los años 1972-1973 para una determinada finalidad pública (el establecimiento de instalaciones de la Universidad Politécnica de Madrid) y estaban
llamadas a alojar una serie de centros de investigación científico-tecnológica que permitieran cumplir el destino público de dichas parcelas. Es decir, que las fincas de origen incluidas en el ámbito urbanístico de las que traen causa las actuales parcelas resultantes de la reparcelación 1 y 9 mencionadas, inicialmente se expropiaron por el Ministerio de Educación
(en cuya posición jurídica se subrogó posteriormente la Comunidad de Madrid), para la implantación de un uso dotacional público (docente), teniendo la UPM la condición jurídica
de beneficiario.
Mediante escrito de 28 de julio de 2023 (Reg. Ref. 65/261900.9/23, REGAGE23e00051869791), se solicita por parte del Gerente de la Universidad Politécnica de
Madrid la tramitación del correspondiente expediente para la desafectación al servicio público de la Educación Superior de los referidos terrenos que figuran como parcelas 1 y 9 del
proyecto de reparcelación del sector “Valdelacasa” de Alcobendas.
Según la memoria del texto refundido del Plan Parcial, el Sector 4 “Valdelacasa” estaba clasificado, según el vigente Plan General de Ordenación Urbana de Alcobendas de 1999,
como suelo Urbanizable No Programado. El Plan de Sectorización fue aprobado por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid el 14 de
junio de 2005 (resolución publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
BOCM-20250415-31
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B.O.C.M. Núm. 89
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
ORDEN de 21 de marzo de 2025, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se acuerda la desafectación al Servicio Público de la Educación
Superior de las parcelas resultantes número 1 y 9 del proyecto de reparcelación
del sector “Valdelacasa” del PGOU de Alcobendas, aprobado por Acuerdo de
30 de junio de 2009, de la Junta de Gobierno Local de Alcobendas, cuya titularidad corresponde a la Universidad Politécnica de Madrid (UPM).
La Universidad Politécnica de Madrid (UPM) es titular, por título de adjudicación, de
las parcelas número 1 y 9 del Proyecto de Reparcelación del Sector “Valdelacasa” del Plan
General de Ordenación Urbana de Alcobendas, aprobado por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de Alcobendas, de 30 de junio de 2009 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 31 de julio de 2009), con la siguiente descripción:
— Parcela 1: cuenta con una superficie de 19.515,76 m2. En el momento de la aprobación del Proyecto de Reparcelación estaba regulada por la norma zonal industrial del artículo 35 del Plan Parcial que tiene reconocido como uso característico
el uso industrial y como usos permitidos el terciario y el dotacional. El uso dotacional se encontraba limitado al 25 por 100 de la edificabilidad máxima de la parcela. Finca registral 65333 del Registro de la Propiedad 1 de Alcobendas. Parcela
catastral con referencia 4180108VK4848S0001PA
— Parcela 9: cuenta con una superficie de 16.102,06 m2. En el momento de la aprobación del Proyecto de Reparcelación estaba regulada por la norma zonal terciaria correspondiente al artículo 36 del Plan Parcial que tiene reconocido como uso
característico el uso terciario, y como permitidos el terciario y el dotacional. El
uso dotacional se encontraba limitado al 50 por 100 de la edificabilidad máxima
de la parcela. Finca registral 65391 del Registro de la Propiedad número 1 de Alcobendas. Parcela catastral con referencia 4180101VK4848S0001HA.
Según certificado del Gerente de la Universidad Politécnica de Madrid de 16 de febrero de 2024, las fincas registrales 65333 y 65391 inscritas en el Registro de la Propiedad número 1 de Alcobendas, se encuentran inventariadas en el Inventario de la Universidad Politécnica de Madrid con la naturaleza jurídica de “demanial”.
Dichas parcelas adjudicadas traen causa de la inclusión en la delimitación del ámbito
urbanístico descrito de las fincas de origen, canceladas actualmente por la reparcelación en
el interior del ámbito, cuya titularidad correspondía a la Universidad Politécnica de Madrid
(UPM) y que fueron adquiridas originariamente, por expropiación tramitada por el Ministerio de Educación y Ciencia en los años 1972-1973 para una determinada finalidad pública (el establecimiento de instalaciones de la Universidad Politécnica de Madrid) y estaban
llamadas a alojar una serie de centros de investigación científico-tecnológica que permitieran cumplir el destino público de dichas parcelas. Es decir, que las fincas de origen incluidas en el ámbito urbanístico de las que traen causa las actuales parcelas resultantes de la reparcelación 1 y 9 mencionadas, inicialmente se expropiaron por el Ministerio de Educación
(en cuya posición jurídica se subrogó posteriormente la Comunidad de Madrid), para la implantación de un uso dotacional público (docente), teniendo la UPM la condición jurídica
de beneficiario.
Mediante escrito de 28 de julio de 2023 (Reg. Ref. 65/261900.9/23, REGAGE23e00051869791), se solicita por parte del Gerente de la Universidad Politécnica de
Madrid la tramitación del correspondiente expediente para la desafectación al servicio público de la Educación Superior de los referidos terrenos que figuran como parcelas 1 y 9 del
proyecto de reparcelación del sector “Valdelacasa” de Alcobendas.
Según la memoria del texto refundido del Plan Parcial, el Sector 4 “Valdelacasa” estaba clasificado, según el vigente Plan General de Ordenación Urbana de Alcobendas de 1999,
como suelo Urbanizable No Programado. El Plan de Sectorización fue aprobado por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid el 14 de
junio de 2005 (resolución publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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