C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250415-18)
Convenio colectivo –  Resolución de 21 de marzo de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Asea Brown Boveri, S. A. (Centro en San Romualdo Madrid) (Código número 28015022012009)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 89

MARTES 15 DE ABRIL DE 2025

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Fomentar la distribución y utilización de productos más respetuosos con el medio
ambiente.
Mejorar la utilización de los recursos hídricos.
Establecer campañas de sensibilización medioambiental dirigidas a
los usuarios y clientes de la empresa.
Conseguir una buena comunicación entre la Empresa y la sociedad
en esta materia.

ARTÍCULO 46 – EVALUACIÓN RIESGOS PSICOSOCIALES
Se utilizará un solo protocolo para el centro de Madrid y delegaciones adscritas al convenio
de Madrid.
ARTÍCULO 47 – RECONOCIMIENTOS MÉDICOS
Los reconocimientos médicos se adecuarán a las tareas y riesgos cotidianos del puesto de
trabajo.
Los reconocimientos médicos tienen carácter opcional para el trabajador y sus
resultados son confidenciales de acuerdo al art 22 de la ley 31/1995 de 8 de noviembre.
Las pruebas médicas se realizarán de acuerdo con los protocolos sanitarios elaborados
por el Ministerio de Sanidad que resulten de aplicación, en función de los riesgos expuestos.
La Empresa se compromete con carácter obligatorio a facilitar un reconocimiento
médico anual a la plantilla.
Sin perjuicio de los anteriores párrafos la empresa realizará de manera general en los
reconocimientos médicos las siguientes pruebas:
1) Toma de datos antropométricos.
2) Presión arterial y pulso.
3) Exploración clínica dirigida en relación con el puesto de trabajo.
4) Control audiométrico.
5) Control visual (lejos – cerca)
6)

Espirometría (en aquellos trabajadores/as expuestos en ambiente pulvígono)

7) Electrocardiograma a todas las personas trabajadoras. A los varones mayores de 45 años se
les realizara analítica de PSA
8) Prueba en sangre y orina de tipos estándar
9)

Pruebas analíticas especiales para aquellas personas trabajadoras que estén sometidos a un
riesgo determinado.

10) La empresa ofrecerá una revisión ginecológica básica (examen ginecológico, citología y
ecografía ginecológica) a las mujeres de los centros que lo soliciten que incluya:
a. Exploración, citología, ecografía ginecológica y exploración mamaria

El resultado de la revisión médica se le notificará por escrito a la persona afectada. El
tiempo necesario para realizar la mencionada revisión médica, así como el necesario para el
desplazamiento de la misma, será considerado como tiempo efectivo de trabajo dentro de la
jornada laboral.
En aquellos puestos de trabajo donde pueda existir la posibilidad de contagio
infeccioso o el riesgo específico y determinado por la evaluación de Riesgo
los facultativos establecerán el tipo y periodicidad de las revisiones médicas.

BOCM-20250415-18

b. Ecografía mamaria y Mamografía: se realizará por criterio médico antes de los 45 años
(bien por hallazgo en exploración o antecedentes familiares con consideración clínica) y sin
antecedentes familiares a partir de los 45 años.