Becerril de la Sierra (BOCM-20250411-58)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
VIERNES 11 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 86
3.2. Documentación a presentar. La documentación para adjuntar junto con la solicitud para ser
admitido/a y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, será la siguiente:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o pasaporte, siempre en vigor, y sin
perjuicio de la obligación futura de presentación del original o fotocopia compulsada.
b) Fotocopia de la titulación exigida, indicada en la Base segunda, y sin perjuicio de la
obligación futura de presentación del original o fotocopia compulsada.
Equivaldrá al título un certificado acreditativo de reunir los requisitos para la expedición del mismo,
emitido por el organismo público competente junto con el justificante de liquidación de pago de las
tasas académicas por su expedición, sin perjuicio de la obligación futura de presentación del
original o fotocopia compulsada.
c) Anexo V. Autorización para someterse a las pruebas médicas que sean necesarias, a
efectos de comprobar la aptitud médica de los mismos según los criterios establecidos en estas
bases.
3.3. Vinculación a los datos. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan
hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante
escrito motivado dentro del plazo de presentación de instancias.
3.4. Causa de exclusión. La no presentación de la instancia en tiempo y en la forma determinada
en los apartados precedentes será causa de exclusión del proceso selectivo.
CUARTA. ADMISION DE ASPIRANTES
4.1. Lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas. Expirado el plazo de
presentación de solicitudes de participación, el órgano competente dictará resolución declarando
aprobada la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas y la causa de exclusión
en su caso. Asimismo, en la citada resolución se hará publica la designación de miembros titulares
y suplentes que componen el Tribunal Calificador.
El anuncio pertinente se publicará en el Tablón de Anuncios y Edictos electrónico y en la página
Web municipal.
4.2. Causas de exclusión no subsanables. A efectos de la admisión de aspirantes, se entenderán
como no subsanables:
- La presentación de la solicitud fuera de plazo
- El incumplimiento de los requisitos exigidos para tomar parte en el proceso selectivo.
4.3. Trámite de subsanación de defectos u omisiones. La resolución a la que se refiere este
apartado establecerá un plazo de 10 días hábiles para la subsanación de defectos por parte de las
personas aspirantes provisionalmente excluidas o que no figuren en la lista provisional de
personas admitidas, de conformidad con lo dispuesto en la legislación reguladora del
procedimiento administrativo común.
4.4 Lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas. La lista provisional de personas
aspirantes admitidas y excluidas se considerará automáticamente elevada a definitiva si no se
presentan peticiones de subsanación o reclamaciones frente a la misma.
Si las hubiera, serán estimadas o desestimadas, si procede, mediante nueva resolución por la que
el órgano competente aprobará la lista definitiva. Dicha Resolución se publicará en el Tablón de
Anuncios y Edictos electrónico y en la página Web municipal.
4.5 Admisión excepcional a las pruebas. Si algún aspirante no figurase en las listas de admitidos y
excluidos, el Tribunal le admitirá provisionalmente a la realización de los ejercicios siempre que
acredite documentalmente ante éste la presentación de la solicitud en el plazo legalmente
establecido así como la reclamación dentro del plazo de subsanación por no figurar en la relación
provisional de admitidos.
4.6. Recursos. Contra la resolución por la que se haga pública la relación definitiva de personas
aspirantes admitidas y excluidas, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, en el
plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que
la dictó, o bien directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir
del día siguiente de dicha publicación ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo.
BOCM-20250411-58
Pág. 452
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 86
3.2. Documentación a presentar. La documentación para adjuntar junto con la solicitud para ser
admitido/a y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, será la siguiente:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o pasaporte, siempre en vigor, y sin
perjuicio de la obligación futura de presentación del original o fotocopia compulsada.
b) Fotocopia de la titulación exigida, indicada en la Base segunda, y sin perjuicio de la
obligación futura de presentación del original o fotocopia compulsada.
Equivaldrá al título un certificado acreditativo de reunir los requisitos para la expedición del mismo,
emitido por el organismo público competente junto con el justificante de liquidación de pago de las
tasas académicas por su expedición, sin perjuicio de la obligación futura de presentación del
original o fotocopia compulsada.
c) Anexo V. Autorización para someterse a las pruebas médicas que sean necesarias, a
efectos de comprobar la aptitud médica de los mismos según los criterios establecidos en estas
bases.
3.3. Vinculación a los datos. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan
hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante
escrito motivado dentro del plazo de presentación de instancias.
3.4. Causa de exclusión. La no presentación de la instancia en tiempo y en la forma determinada
en los apartados precedentes será causa de exclusión del proceso selectivo.
CUARTA. ADMISION DE ASPIRANTES
4.1. Lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas. Expirado el plazo de
presentación de solicitudes de participación, el órgano competente dictará resolución declarando
aprobada la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas y la causa de exclusión
en su caso. Asimismo, en la citada resolución se hará publica la designación de miembros titulares
y suplentes que componen el Tribunal Calificador.
El anuncio pertinente se publicará en el Tablón de Anuncios y Edictos electrónico y en la página
Web municipal.
4.2. Causas de exclusión no subsanables. A efectos de la admisión de aspirantes, se entenderán
como no subsanables:
- La presentación de la solicitud fuera de plazo
- El incumplimiento de los requisitos exigidos para tomar parte en el proceso selectivo.
4.3. Trámite de subsanación de defectos u omisiones. La resolución a la que se refiere este
apartado establecerá un plazo de 10 días hábiles para la subsanación de defectos por parte de las
personas aspirantes provisionalmente excluidas o que no figuren en la lista provisional de
personas admitidas, de conformidad con lo dispuesto en la legislación reguladora del
procedimiento administrativo común.
4.4 Lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas. La lista provisional de personas
aspirantes admitidas y excluidas se considerará automáticamente elevada a definitiva si no se
presentan peticiones de subsanación o reclamaciones frente a la misma.
Si las hubiera, serán estimadas o desestimadas, si procede, mediante nueva resolución por la que
el órgano competente aprobará la lista definitiva. Dicha Resolución se publicará en el Tablón de
Anuncios y Edictos electrónico y en la página Web municipal.
4.5 Admisión excepcional a las pruebas. Si algún aspirante no figurase en las listas de admitidos y
excluidos, el Tribunal le admitirá provisionalmente a la realización de los ejercicios siempre que
acredite documentalmente ante éste la presentación de la solicitud en el plazo legalmente
establecido así como la reclamación dentro del plazo de subsanación por no figurar en la relación
provisional de admitidos.
4.6. Recursos. Contra la resolución por la que se haga pública la relación definitiva de personas
aspirantes admitidas y excluidas, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, en el
plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que
la dictó, o bien directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir
del día siguiente de dicha publicación ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo.
BOCM-20250411-58
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