Carabaña (BOCM-20250410-79)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 368

JUEVES 10 DE ABRIL DE 2025

B.O.C.M. Núm. 85

Los cambios de titularidad que se comuniquen a la Administración surtirán efectos a partir del
ejercicio siguiente al que se produzcan.
ARTÍCULO 10. Fecha de devengo
La tasa por prestación del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos se devengará por
años completo, desde el primer día del ejercicio en curso, salvo en el supuesto de inicio en la recepción del servicio, en cuyo caso, la cuota se prorrateará por trimestres naturales.
No procederá la devolución de la parte proporcional de la cuota en los casos baja de servicio.
ARTÍCULO 11. Infracciones y Sanciones
En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias, así como a las sanciones que a
las mismas correspondan en cada caso, se estará a lo dispuesto en los artículos 178 y siguientes
de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y demás normativa aplicable.
ARTÍCULO 12. Legislación Aplicable
En todo lo no previsto en la presente Ordenanza se estará a lo dispuesto en el Texto Refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, la Ley
58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios
Públicos, la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía
circular, así como en la Ordenanza Fiscal General aprobada por este Ayuntamiento.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
La presente Ordenanza fiscal, aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento, entrará en vigor en
el momento de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Comunidad Madrid y será de aplicación, permaneciendo en vigor hasta que se acuerde su modificación o su derogación expresa.

BOCM-20250410-79

En Carabaña, a 31 de marzo de 2025.—El alcalde, Mario Terrón Fuentes.
(03/5.242/25)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791