C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS (BOCM-20250409-11)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Resolución Rectoral de la Universidad Rey Juan Carlos de 25 de marzo de 2025, por la que se convocan Ayudas para la Atención Psicológica, financiadas por la Comunidad de Madrid, dirigidas a estudiantes de la Universidad Rey Juan Carlos en el curso 2024-2025
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 44

MIÉRCOLES 9 DE ABRIL DE 2025

B.O.C.M. Núm. 84

ii) Los hermanos solteros menores de veinticinco años, o los de mayor edad
cuando se trate de personas con discapacidad.
iii) Los ascendientes de los padres.
b) Si el solicitante constituye una unidad familiar independiente:
i) Su cónyuge o persona unida por análoga relación.
ii) Los hijos menores de 25 años y los de mayor edad con discapacidad.
iii) Los ascendientes del solicitante y/o su pareja.
Para ser considerado miembro computable, deberán residir en el mismo domicilio familiar desde el 1 de enero de 2023 hasta la fecha de presentación de la solicitud, y acreditarlo mediante el certificado de empadronamiento.
Las rentas exentas de tributar se incluirán en las rentas de la unidad familiar. Para el
cálculo de la renta familiar se aplicará lo establecido en el umbral 4 correspondiente a un
incremento del 8 % respecto a los umbrales máximos de renta familiar establecida en el
RD 201/2024, de 27 de febrero, para el Umbral 3 (art. 8):
FAMILIAS DE 1
MIEMBRO

FAMILIAS DE 2
MIEMBROS

FAMILIAS DE 3
MIEMBROS

FAMILIAS DE 4
MIEMBROS

FAMILIAS DE 5
MIEMBROS

FAMILIAS DE 6
MIEMBROS

FAMILIAS DE 7
MIEMBROS

FAMILIAS DE 8
MIEMBROS

16.003,44 €

27.316,44 €

37.078,56 €

44.034,84 €

49.217,76 €

53.131,68 €

57.002,40 €

60.855,84 €

A partir del 8.o miembro computable se añadirán 3.845,88 euros por cada nuevo miembro
computable.
Igualmente se tendrán en cuenta las deducciones por familia numerosa y por discapacidad del solicitante en la forma y cuantía previstas en las b y c del art.10 del citado Real
Decreto.
Para la determinación de la renta familiar se computará la información del ejercicio 2023. No obstante, en los casos previstos en el apartado siguiente y cuando los ingresos
de la unidad familiar hubieran sufrido una disminución por causas sobrevenidas debidamente justificadas, podrán tomarse en consideración los datos económicos del ejercicio 2024, siempre y cuando quede debidamente justificada la situación económica de la unidad familiar del estudiante.
2. Causas sobrevenidas. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas aquellos y aquellas
estudiantes que cumpliendo los requisitos del apartado a), su unidad familiar hubiera sufrido una disminución demostrable de sus ingresos por causas sobrevenidas durante el curso 2024-2025, siempre y cuando queden debidamente justificadas ante la Comisión de Evaluación. En estos casos se tomarán los datos fiscales del año 2024 en lugar de los del 2023.
Son causas de vulnerabilidad circunstancias tales como la situación legal de desempleo del sustentador principal, el reconocimiento legal de incapacidad permanente, absoluta o gran invalidez del sustentador principal, el fallecimiento del sustentador principal, ser
el solicitante víctima de actos terroristas, de violencia de género u otras situaciones excepcionales debidamente acreditadas que a criterio de la Comisión afecten gravemente a la situación económica familiar. Asimismo, se prestará especial atención a las personas afectadas directamente por algún conflicto bélico, tener la nacionalidad y residencia familiar en
el país afectado.
Quedan exonerados de la citada justificación aquellos estudiantes que acrediten ser solicitantes del derecho de asilo o refugio en España o situación asimilable.
Segundo
El importe de la ayuda se destinará a cubrir el tratamiento psicológico del estudiantado que precise de ayuda psicológica para empezar, continuar o terminar sus estudios de grado, máster oficial o de doctorado. Se priorizará al estudiantado que se encuentre en una situación económica y/o familiar o personal desfavorable, y siempre que la FCURJC valore
la necesidad de ayuda psicológica tras la realización de una entrevista personal.
En concreto la ayuda consistirá en la asignación de un mínimo de 10 sesiones y un
máximo de 30 sesiones de terapia psicológica de 50 minutos en la FCURJC y según la valoración de esta.
En caso de que, tras la resolución de adjudicación de las ayudas, existiera remanente,
el Vicerrectorado de Estudiantes podrá utilizar el mismo para abrir un segundo plazo extraordinario de presentación de solicitudes.

BOCM-20250409-11

Objeto