San Lorenzo de El Escorial (BOCM-20250408-109)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 496
MARTES 8 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 83
Asimismo, las instancias también podrán presentarse en la forma en que determina el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
1º.- Impreso oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas, donde se deberá especificar la
especialidad o especialidades a las que se opta.
2º.- Declaración jurada de no haber sido separad@, mediante expediente disciplinario, del servicio
de cualquier Administración Pública, ni estar inhabilitad@ para el ejercicio de la función pública
mediante sentencia firme.
3º.- Fotocopia de la titulación exigida para la especialidad o especialidades a las que se opta.
En el caso de tratarse de titulaciones obtenidas en otro país deberá contarse necesariamente con la
preceptiva homologación y traducción.
4º.- Fotocopia del documento de identidad.
5º.- Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales establecidas en el apartado
5 del artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero de Protección Jurídica del Menor,
añadido por la Ley 26/2015, de 28 de julio, de Modificación del Sistema de Protección a la Infancia
y a la Adolescencia (BOE nº 180 de 29 de julio de 2015).
6º.- Proyecto de una Sesión Práctica de una de las especialidades a la que se opte, con una
extensión de 5 folios máximo por 1 cara y a doble espacio.
Las instancias que no vengan acompañadas de dicho proyecto no podrán acceder al proceso de
selección, debiendo ser rechazadas
7º.- Los documentos que se presenten en su caso a la fase de concurso para su valoración.
La presentación de la solicitud presupone que el aspirante conoce y acepta íntegramente estas
bases.
ADMISIÓN DE ASPIRANTES:
Expirado el plazo de presentación de instancias, el concejal delegado de personal dictará resolución
en el plazo máximo de diez días declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos.
En dicha resolución, que se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en su sede
electrónica, se indicará la causa de exclusión y el plazo de subsanación si fuera posible, que será
de tres días hábiles, transcurrido el cual sin efectuarla se producirá la caducidad del derecho.
Transcurrido dicho plazo de subsanación se resolverá definitivamente sobre la lista de admitidos y
excluidos y sobre las alegaciones que se hubieren presentado, resolución que será publicada en el
tablón de anuncios y en la sede electrónica del Ayuntamiento.
Si en cualquier momento posterior a la aprobación de la lista definitiva de admitidos/as y
excluidos/as, incluso durante la celebración de las pruebas o en fase posterior, incluso una vez
aprobada la bolsa de trabajo, se advirtiere en las solicitudes y documentación aportada por los/las
aspirantes, inexactitud o falsedad que fuere causa de exclusión, ésta se considerará defecto
insubsanable y se resolverá dicha exclusión.
En la misma Resolución por la que se declara aprobada la lista definitiva se anunciará el día, hora y
lugar en que habrá de realizarse el ejercicio de las pruebas selectivas y la composición del tribunal
calificador.
BOCM-20250408-109
En caso de no presentarse alegaciones, la lista provisional se elevará a definitiva sin
más trámite.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 496
MARTES 8 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 83
Asimismo, las instancias también podrán presentarse en la forma en que determina el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
1º.- Impreso oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas, donde se deberá especificar la
especialidad o especialidades a las que se opta.
2º.- Declaración jurada de no haber sido separad@, mediante expediente disciplinario, del servicio
de cualquier Administración Pública, ni estar inhabilitad@ para el ejercicio de la función pública
mediante sentencia firme.
3º.- Fotocopia de la titulación exigida para la especialidad o especialidades a las que se opta.
En el caso de tratarse de titulaciones obtenidas en otro país deberá contarse necesariamente con la
preceptiva homologación y traducción.
4º.- Fotocopia del documento de identidad.
5º.- Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales establecidas en el apartado
5 del artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero de Protección Jurídica del Menor,
añadido por la Ley 26/2015, de 28 de julio, de Modificación del Sistema de Protección a la Infancia
y a la Adolescencia (BOE nº 180 de 29 de julio de 2015).
6º.- Proyecto de una Sesión Práctica de una de las especialidades a la que se opte, con una
extensión de 5 folios máximo por 1 cara y a doble espacio.
Las instancias que no vengan acompañadas de dicho proyecto no podrán acceder al proceso de
selección, debiendo ser rechazadas
7º.- Los documentos que se presenten en su caso a la fase de concurso para su valoración.
La presentación de la solicitud presupone que el aspirante conoce y acepta íntegramente estas
bases.
ADMISIÓN DE ASPIRANTES:
Expirado el plazo de presentación de instancias, el concejal delegado de personal dictará resolución
en el plazo máximo de diez días declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos.
En dicha resolución, que se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en su sede
electrónica, se indicará la causa de exclusión y el plazo de subsanación si fuera posible, que será
de tres días hábiles, transcurrido el cual sin efectuarla se producirá la caducidad del derecho.
Transcurrido dicho plazo de subsanación se resolverá definitivamente sobre la lista de admitidos y
excluidos y sobre las alegaciones que se hubieren presentado, resolución que será publicada en el
tablón de anuncios y en la sede electrónica del Ayuntamiento.
Si en cualquier momento posterior a la aprobación de la lista definitiva de admitidos/as y
excluidos/as, incluso durante la celebración de las pruebas o en fase posterior, incluso una vez
aprobada la bolsa de trabajo, se advirtiere en las solicitudes y documentación aportada por los/las
aspirantes, inexactitud o falsedad que fuere causa de exclusión, ésta se considerará defecto
insubsanable y se resolverá dicha exclusión.
En la misma Resolución por la que se declara aprobada la lista definitiva se anunciará el día, hora y
lugar en que habrá de realizarse el ejercicio de las pruebas selectivas y la composición del tribunal
calificador.
BOCM-20250408-109
En caso de no presentarse alegaciones, la lista provisional se elevará a definitiva sin
más trámite.