Madrid (BOCM-20250407-39)
Régimen económico. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 82

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 7 DE ABRIL DE 2025

Pág. 171

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
39

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad
Extracto del Decreto de 28 de marzo de 2025, del delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones, destinadas al fomento de la movilidad sostenible en la distribución urbana de mercancías
(Cambia 360), correspondiente a la anualidad 2025.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Objeto.—1. La adquisición de los siguientes vehículos para la distribución urbana de mercancías en la Comunidad de Madrid:
— Camiones y furgonetas N1 y N2 que cuenten con la categoría de clasificación ambiental “0 emisiones” (ámbito 1), “ECO” (ámbito 2) y “C” (ámbito 3).
El achatarramiento de vehículos de categoría ambiental “A” será requisito para
optar a la ayuda en los de categoría de clasificación ambiental “C”, e incentivo
para incrementar el importe a percibir en vehículos con categoría de clasificación
ambiental “0 emisiones” y “ECO”.
De igual modo, se incrementará el incentivo por la implantación de dispositivos de
frío 100% eléctricos, en los vehículos indicados, independientemente de su sistema de propulsión (ámbito 4).
— Bicicletas, ciclomotores, motocicletas y cuatriciclos eléctricos. El achatarramiento de vehículos de categoría ambiental “A” será incentivo para incrementar el importe a percibir por la adquisición (ámbito 5).
2. La renovación de los dispositivos de producción de frío para la regulación de la
temperatura de la carga en vehículos N1 o N2 usados, cuando se trate de vehículos isotermos, refrigerados o frigoríficos, con categoría de clasificación ambiental “C”, “ECO” o “0
emisiones”, siempre que el nuevo dispositivo instalado sea de accionamiento eléctrico, con
independencia del sistema de propulsión del vehículo (ámbito 4).
Segundo. Personas beneficiarias.—Personas físicas mayores de edad, autónomos y
las personas jurídicas privadas o entidades sin personalidad jurídica, que desarrollen actividades económicas y cumplan los requisitos del apartado 5 de la convocatoria.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la
concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30
de octubre de 2013 (OBRGS).
Cuarto. Procedimiento de concesión.—En la tramitación de esta convocatoria se seguirá
el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva previsto en el artículo 26.5 a) de la
OBRGS y el artículo 55 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones. Las ayudas objeto de esta convocatoria se otorgarán por orden de presentación de solicitudes, hasta agotarse el
presupuesto disponible, o bien, hasta que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
Quinto. Cuantía.—El crédito destinado a esta convocatoria asciende a setecientos
cincuenta mil euros (750.000), ampliable en 400.000 euros.

BOCM-20250407-39

BDNS: 824109