Navalcarnero (BOCM-20250407-72)
Organización y funcionamiento. Reglamento Banda Música
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 82
LUNES 7 DE ABRIL DE 2025
Pág. 233
CAPÍTULO V: FALTAS Y SANCIONES
Artículo XIV
Se consideran faltas:
x
x
x
x
x
Artículo XV
Por la falta injustificada de participación en un concierto.
Por la falta injustificada de participación a un ensayo.
Pequeños descuidos en la conservación del material.
Incumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 10.
No atender al requerimiento del Director recogido en el artículo VIII del Reglamento
de Régimen Interno de la Banda Municipal de Música.
Las faltas de compostura, disciplina, orden y uniformidad de los músicos dará lugar a
apercibimiento y trámite de audiencia.
x
La reincidencia de tres de estas faltas a lo largo de un año se sancionará con la
expulsión de la Banda de Música por acuerdo en el Comité de la Banda, previo
apercibimiento por escrito y trámite de audiencia.
BOCM-20250407-72
Navalcarnero, a 26 de marzo de 2025.—El alcalde-presidente, José Luis Adell Fernández.
(03/4.912/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 82
LUNES 7 DE ABRIL DE 2025
Pág. 233
CAPÍTULO V: FALTAS Y SANCIONES
Artículo XIV
Se consideran faltas:
x
x
x
x
x
Artículo XV
Por la falta injustificada de participación en un concierto.
Por la falta injustificada de participación a un ensayo.
Pequeños descuidos en la conservación del material.
Incumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 10.
No atender al requerimiento del Director recogido en el artículo VIII del Reglamento
de Régimen Interno de la Banda Municipal de Música.
Las faltas de compostura, disciplina, orden y uniformidad de los músicos dará lugar a
apercibimiento y trámite de audiencia.
x
La reincidencia de tres de estas faltas a lo largo de un año se sancionará con la
expulsión de la Banda de Música por acuerdo en el Comité de la Banda, previo
apercibimiento por escrito y trámite de audiencia.
BOCM-20250407-72
Navalcarnero, a 26 de marzo de 2025.—El alcalde-presidente, José Luis Adell Fernández.
(03/4.912/25)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791