Navalcarnero (BOCM-20250407-72)
Organización y funcionamiento. Reglamento Banda Música
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 82

LUNES 7 DE ABRIL DE 2025

Pág. 227

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
72

NAVALCARNERO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

De conformidad con lo dispuesto con el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo adoptado por
el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 23 de enero de 2025, de las modificaciones
del Reglamento de la Banda de Música de Navalcarnero, cuyo contenido es el siguiente:
ANEXO II
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA BANDA MUNICIPAL DE MÚSICA
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS: INTRODUCCIÓN
La música es, sin duda, la forma de transmitir emociones y sentimientos nobles, humanos y solidarios
que los pueblos han utilizado para expresar su cultura y nivel de civilización. Las bandas municipales
de música han formado parte a lo largo de la historia de España de nuestras tradiciones, folklore,
fiestas y conciertos, interpretando música de todos los géneros y alcanzando en ocasiones niveles
comparables con las grandes orquestas sinfónicas nacionales e internacionales.
El Reglamento de Régimen Interno es una norma que se establece desde la Concejalía de Cultura
y la Escuela Municipal de Música y Danza, cuyo objetivo es el correcto funcionamiento y organización
de la Banda Municipal de Música de Navalcarnero.
Todas las personas tienen derecho a recibir una educación musical que les permita el desarrollo de
su propia personalidad y la realización de una actividad útil a la sociedad. Esta educación es
voluntaria, y no podrá ser negada, salvo en casos de extrema gravedad que atenten contra el
ordenamiento jurídico vigente o lo expuesto en el presente reglamento.
Los ciudadanos de Navalcarnero están profundamente agradecidos a los componentes de la Banda
Municipal de Música, que de forma altruista nos deleitan, entretienen y elevan nuestro nivel cultural
y musical, y se sienten orgullosos en todas y cada una de sus actuaciones.
CAPÍTULO I: ÓRGANOS DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN
Comité de la Banda Municipal de Música
x

La Banda de Música estará regida por el Comité de la Banda, cuya composición
será la siguiente:
o
o
o
o
o

x
x
x
x

El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Navalcarnero.
El Concejal de Cultura del Ayuntamiento de Navalcarnero.
El Director de la Escuela Municipal de Música.
El Director de la Banda.
Dos representantes de los músicos que serán elegidos de forma democrática,
cada dos años, de entre los componentes de la banda. Podrán ser elegidos
aquellos miembros que sean mayores de edad y presenten su candidatura en
los plazos establecidos por la Dirección. En el caso de no presentarse ninguna
candidatura el resto de componentes del Comité saliente podrán elegir a los
dos miembros que considere más oportunos.

Todos los componentes tendrán voz y voto.
Su ejercicio se orientará a la consecución y realización de los fines educativos de
la Banda.
Este Comité tendrá capacidad de decisión para solucionar o clarificar cualquier
asunto en relación con la Banda Municipal de Música, no contemplado en el
presente Reglamento.
El Comité de la Banda tendrá la potestad de modificar las Normas de Régimen
Interior para su posterior aprobación por el órgano competente.

BOCM-20250407-72

Artículo I