Madrid (BOCM-20250403-47)
Régimen económico. Distrito Moncloa-Aravaca. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 79

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 3 DE ABRIL DE 2025

Pág. 255

BOCM-20250403-47

7. Límites.—En la modalidad de proyectos no se financiarán gastos de inversión.
Cada entidad solicitante podrá presentar un solo proyecto. Serán desestimados aquellos
proyectos cuyo presupuesto total supere los 6.000 euros, impuestos incluidos y también serán desestimadas aquellas peticiones cuya cuantía solicitada sea superior a 2.000 euros.
En la modalidad de gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios no serán financiables los gastos derivados de cualquier clase de obras en las sedes sociales u
otros espacios en los que la entidad desarrolle su actividad de forma habitual.
Serán desestimadas las solicitudes de subvención cuya cuantía supere la suma de los presupuestos anuales consignados en el modelo de solicitud. La cuantía solicitada para la modalidad
de gastos de alquiler y funcionamiento, en conjunto, no podrá ser superior a 1.000 euros.
Las subvenciones obtenidas en el marco de esta convocatoria serán incompatibles con
otras fuentes de financiación públicas.
No podrán concederse subvenciones bajo la modalidad de gastos de funcionamiento
cuando estén asociados a locales o inmuebles que hayan sido cedidos gratuitamente por el
Ayuntamiento de Madrid a la entidad.
Madrid, a 20 de marzo de 2025.—El concejal-presidente del Distrito de Moncloa-Aravaca, Francisco de Borja Fanjul Fernández-Pita.
(03/4.895/25)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791