Venturada (BOCM-20250403-69)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 79
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 3 DE ABRIL DE 2025
Pág. 307
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
69
VENTURADA
OFERTAS DE EMPLEO
Se hace público, que la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 21 de marzo de 2025,
en ejercicio de las competencias otorgadas por Decreto de Alcaldía número 2023-0515, de 13 de
julio, acordó aprobar las bases reguladoras del proceso selectivo por las que se rige la convocatoria pública para la provisión por concurso-oposición, con carácter interino, segunda convocatoria, del puesto de Vicesecretaría-Intervención de este Ayuntamiento y la convocatoria.
El plazo de presentación de instancias para la cobertura interina del puesto de Vicesecretaría-Intervención de este Ayuntamiento, se abrirá al día siguiente de la publicación de
este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
BASES PARA FORMAR UNA BOLSA DE TRABAJO PARA LA COBERTURA DEL PUESTO
DE VICESECRETARIO-INTERVENTOR, RESERVADO A FUNCIONARIOS
DE ADMINISTRACIÓN LOCAL CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL
DEL AYUNTAMIENTO DE VENTURADA, ATENDIENDO A LA FORMA PREVISTA
EN EL ARTÍCULO 53 (NOMBRAMIENTO INTERINO DEL REAL DECRETO 128/2018,
DE 16 DE MARZO, POR VACANTE O SUSTITUCIÓN TRANSITORIA DE SUS TITULARES
POR ALGUNA DE LAS CIRCUNSTANCIAS PREVISTAS LEGALMENTE
PRIMERA. Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria la formación de una bolsa de trabajo para la provisión
interina del puesto de Vicesecretario-Interventor, reservado a funcionarios de Administración Local
con habilitación de carácter nacional, del Ayuntamiento de Venturada, atendiendo a la forma
prevista en el artículo 53 (nombramiento interino) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, ante
posibles vacantes o la sustitución transitoria de sus titulares por alguna de las circunstancias
previstas legalmente.
En todo caso, tendrá prioridad sobre cualquier nombramiento interino, el desempeño del puesto
por funcionario con habilitación de carácter nacional, mediante su provisión por los procedimientos
de nombramiento provisional, acumulación o comisión de servicios.
A este proceso le serán aplicables el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 1/1986,
de 10 de abril, de Función Pública de la Comunidad de Madrid; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de
Medidas para la Reforma de la Función Pública; la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del
Régimen Local; el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico
de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional; el Decreto
8/2024, de 31 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la provisión de puestos
reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, por
funcionarios interinos, en las entidades locales de la Comunidad de Madrid; el Real Decreto
364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal
al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; y la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
BOCM-20250403-69
El proceso de formación de bolsa se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con
arreglo a las presentes bases y a la normativa de aplicación, ya que por la urgencia y necesidad de
la provisión de este puesto y dada la importancia de las funciones a desempeñar en el mismo se
requiere que la persona que lo vaya a ocupar, de forma interina, tenga experiencia en su
desempeño y esté habituada con el mismo.
B.O.C.M. Núm. 79
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 3 DE ABRIL DE 2025
Pág. 307
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
69
VENTURADA
OFERTAS DE EMPLEO
Se hace público, que la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 21 de marzo de 2025,
en ejercicio de las competencias otorgadas por Decreto de Alcaldía número 2023-0515, de 13 de
julio, acordó aprobar las bases reguladoras del proceso selectivo por las que se rige la convocatoria pública para la provisión por concurso-oposición, con carácter interino, segunda convocatoria, del puesto de Vicesecretaría-Intervención de este Ayuntamiento y la convocatoria.
El plazo de presentación de instancias para la cobertura interina del puesto de Vicesecretaría-Intervención de este Ayuntamiento, se abrirá al día siguiente de la publicación de
este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
BASES PARA FORMAR UNA BOLSA DE TRABAJO PARA LA COBERTURA DEL PUESTO
DE VICESECRETARIO-INTERVENTOR, RESERVADO A FUNCIONARIOS
DE ADMINISTRACIÓN LOCAL CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL
DEL AYUNTAMIENTO DE VENTURADA, ATENDIENDO A LA FORMA PREVISTA
EN EL ARTÍCULO 53 (NOMBRAMIENTO INTERINO DEL REAL DECRETO 128/2018,
DE 16 DE MARZO, POR VACANTE O SUSTITUCIÓN TRANSITORIA DE SUS TITULARES
POR ALGUNA DE LAS CIRCUNSTANCIAS PREVISTAS LEGALMENTE
PRIMERA. Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria la formación de una bolsa de trabajo para la provisión
interina del puesto de Vicesecretario-Interventor, reservado a funcionarios de Administración Local
con habilitación de carácter nacional, del Ayuntamiento de Venturada, atendiendo a la forma
prevista en el artículo 53 (nombramiento interino) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, ante
posibles vacantes o la sustitución transitoria de sus titulares por alguna de las circunstancias
previstas legalmente.
En todo caso, tendrá prioridad sobre cualquier nombramiento interino, el desempeño del puesto
por funcionario con habilitación de carácter nacional, mediante su provisión por los procedimientos
de nombramiento provisional, acumulación o comisión de servicios.
A este proceso le serán aplicables el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 1/1986,
de 10 de abril, de Función Pública de la Comunidad de Madrid; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de
Medidas para la Reforma de la Función Pública; la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del
Régimen Local; el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico
de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional; el Decreto
8/2024, de 31 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la provisión de puestos
reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, por
funcionarios interinos, en las entidades locales de la Comunidad de Madrid; el Real Decreto
364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal
al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; y la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
BOCM-20250403-69
El proceso de formación de bolsa se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con
arreglo a las presentes bases y a la normativa de aplicación, ya que por la urgencia y necesidad de
la provisión de este puesto y dada la importancia de las funciones a desempeñar en el mismo se
requiere que la persona que lo vaya a ocupar, de forma interina, tenga experiencia en su
desempeño y esté habituada con el mismo.