C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250402-41)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 1031/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se convocan para las ayudas a las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYMES) y empresas intermedias para el fomento de las inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrarios, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por la Administración General del Estado, al amparo de la Orden 17/2023, de 12 de julio
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 122
MIÉRCOLES 2 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 78
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
41
EXTRACTO de la Orden 1031/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se convocan para las ayudas a las microempresas,
pequeñas y medianas empresas (PYMES) y empresas intermedias para el fomento de las inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrarios, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo
Rural (FEADER) y por la Administración General del Estado, al amparo de la
Orden 17/2023, de 12 de julio.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ).
BDNS (822389-822605)
Primero
Beneficiarios
Empresas que no sean entidades asociativas agrarias (Cooperativas y Sociedades
Agrarias de Transformación) y que cumplan los siguientes requisitos:
Ser industrias agroalimentarias que tengan la condición de microempresas, pequeñas
y medianas empresas (PYMES) y empresas intermedias, cuyas instalaciones estén radicadas en la Comunidad de Madrid, que transformen, comercialicen y/o desarrollen o que vayan a transformar, comercializar y/o desarrollar:
— Productos agrarios de los contenidos en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento
de la Unión Europea (TFUE) y el algodón, exceptuando los productos de la pesca, pudiendo el producto resultante estar fuera de dicho Anexo.
— Productos alimentarios, distintos a los productos agrícolas del Anexo I del TFUE,
siempre y cuando la inversión se ubique en el medio rural. En el Anexo I de la Orden 17/2023, de 12 de julio, se recoge el listado de municipios rurales de la Comunidad de Madrid.
Segundo
Se realiza la convocatoria para 2025, en régimen de concurrencia competitiva, de las
ayudas dirigidas a las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYMES), y empresas intermedias para el fomento de las inversiones para la mejora de las condiciones de
transformación, comercialización o desarrollo de los productos agrícolas, al amparo de lo
dispuesto en las bases reguladoras aprobadas mediante Orden 17/2023, de 12 de julio.
La finalidad de las ayudas es promover la realización de diferentes inversiones en el
ámbito de la transformación y comercialización de productos agroalimentarios destinadas
a mejorar el rendimiento y desarrollo económico de las empresas, fomentar los productos
de calidad, mejorar la seguridad alimentaria, potenciar la innovación y la transformación
digital, el desarrollo de nuevos productos, la búsqueda de nuevos mercados, valorización
de subproductos agrarios, etc.
BOCM-20250402-41
Objeto
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 122
MIÉRCOLES 2 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 78
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
41
EXTRACTO de la Orden 1031/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se convocan para las ayudas a las microempresas,
pequeñas y medianas empresas (PYMES) y empresas intermedias para el fomento de las inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrarios, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo
Rural (FEADER) y por la Administración General del Estado, al amparo de la
Orden 17/2023, de 12 de julio.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ).
BDNS (822389-822605)
Primero
Beneficiarios
Empresas que no sean entidades asociativas agrarias (Cooperativas y Sociedades
Agrarias de Transformación) y que cumplan los siguientes requisitos:
Ser industrias agroalimentarias que tengan la condición de microempresas, pequeñas
y medianas empresas (PYMES) y empresas intermedias, cuyas instalaciones estén radicadas en la Comunidad de Madrid, que transformen, comercialicen y/o desarrollen o que vayan a transformar, comercializar y/o desarrollar:
— Productos agrarios de los contenidos en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento
de la Unión Europea (TFUE) y el algodón, exceptuando los productos de la pesca, pudiendo el producto resultante estar fuera de dicho Anexo.
— Productos alimentarios, distintos a los productos agrícolas del Anexo I del TFUE,
siempre y cuando la inversión se ubique en el medio rural. En el Anexo I de la Orden 17/2023, de 12 de julio, se recoge el listado de municipios rurales de la Comunidad de Madrid.
Segundo
Se realiza la convocatoria para 2025, en régimen de concurrencia competitiva, de las
ayudas dirigidas a las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYMES), y empresas intermedias para el fomento de las inversiones para la mejora de las condiciones de
transformación, comercialización o desarrollo de los productos agrícolas, al amparo de lo
dispuesto en las bases reguladoras aprobadas mediante Orden 17/2023, de 12 de julio.
La finalidad de las ayudas es promover la realización de diferentes inversiones en el
ámbito de la transformación y comercialización de productos agroalimentarios destinadas
a mejorar el rendimiento y desarrollo económico de las empresas, fomentar los productos
de calidad, mejorar la seguridad alimentaria, potenciar la innovación y la transformación
digital, el desarrollo de nuevos productos, la búsqueda de nuevos mercados, valorización
de subproductos agrarios, etc.
BOCM-20250402-41
Objeto