C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20250401-34)
Regulación profesión conductor –  Orden de 28 de marzo de 2025, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se regula la prueba para el ejercicio de la profesión de conductor de vehículos de arrendamiento con conductor en la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 77

MARTES 1 DE ABRIL DE 2025

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jando sus condiciones de prestación y contribuyendo a la profesionalización del sector ya
que exige que estos conductores superen una prueba de conocimientos, lo que incide de forma significativa en la calidad del servicio que se presta.
Por otra parte, contiene la regulación precisa para atender a la finalidad a la que se dirige y constituye la medida de menor incidencia de forma que contiene los preceptos mínimos e imprescindibles para alcanzar el equilibrio necesario con los objetivos que la norma
persigue, ajustándose así al principio de proporcionalidad.
Asimismo, la norma responde al principio de transparencia, pues, en aplicación del
mismo, se ha dado publicidad a la disposición normativa con su publicación en el Portal de
Trasparencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 10/2019, de 10 de abril,
de Transparencia y Participación de la Comunidad de Madrid y se han realizado los trámites de audiencia e información pública.
También se cumple con el principio de seguridad jurídica puesto que su contenido es
conforme al ordenamiento estatal y autonómico en la materia, ofreciendo certeza sobre el
derecho de aplicación tanto a los titulares de las autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor en los servicios de carácter urbano que prestan como a los usuarios de
este tipo de servicios.
Finalmente, se atiende al principio de eficiencia, toda vez que, aunque el proyecto regula la prueba para acceder a la condición de conductor de vehículos de arrendamiento con
conductor y la expedición del permiso de conductor, también incluye unos regímenes transitorios en virtud de los cuales, los conductores que, a la entrada en vigor del Decreto 5/2024,
de 10 enero, vinieran ejerciendo la actividad, tendrán un plazo de dieciocho meses para superar la prueba convocada al efecto por el órgano competente. Asimismo, los conductores
que vinieran ejerciendo la actividad de arrendamiento de vehículos con conductor, durante
al menos un año de forma ininterrumpida, o dos en el período de los cuatro años anteriores
a la entrada en vigor del Decreto 5/2024, de 10 enero, estarán exentos de superar la prueba.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 52/2021, de 24 de marzo, en la
tramitación del proyecto se ha recabado el Informe de coordinación y calidad normativa de
la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración
Local, de los análisis de los impactos de carácter social, de la Dirección General de Atención al Ciudadano y Transparencia y del Comité Madrileño de Transporte por Carretera.
Asimismo, se ha emitido el informe de la Secretaría General Técnica de la Consejería de
Vivienda, Transportes e Infraestructuras y el informe de la Abogacía General de la Comunidad de Madrid.
El titular de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras es competente
para dictar esta orden de acuerdo con lo establecido en el artículo 41.d) de la Ley 1/1983,
de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y los artículos 3.1.f) y disposición final primera del Decreto 5/2024, de 10 de enero.
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Transportes y Movilidad, y en
ejercicio de las atribuciones anteriormente enunciadas,
DISPONGO
Artículo 1
Objeto y ámbito de aplicación
1. Esta orden tiene como objeto desarrollar la regulación de la prueba para el ejercicio de la profesión de conductor de vehículos de arrendamiento con conductor en la Comunidad de Madrid y la expedición del permiso de conductor.
2. Esta orden será de aplicación a aquellas personas interesadas en ejercer la profesión de conductor de vehículos de arrendamiento con conductor.

Contenido y estructura de la prueba
1. La prueba de acceso constará de un máximo de 60 preguntas tipo test con cuatro
opciones de respuesta cada una, de las que únicamente una será la respuesta válida.
2. La prueba consistirá en la realización de un ejercicio que deberá contar con el siguiente contenido, dividido por módulos, según se enumera a continuación:
a) Módulo 1, conocimiento de la lengua castellana; gramática y léxico. Estará compuesto de 12 preguntas.

BOCM-20250401-34

Artículo 2