D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20250401-48)
Convenio –  Convenio de 7 de marzo de 2025, entre el Servicio Madrileño de Salud, sus centros asistenciales adscritos y vinculados, la empresa pública Hospital Universitario de Fuenlabrada, Hospital Universitario Fundación de Alcorcón, los establecimientos Famicordon, S. L, Famicordsuisse, S. A. y Biokryo GmbH y la empresa Sevibe Cells, S. L., para la recogida y depósito de sangre de cordón umbilical con destino a uso autólogo o alogénico familiar
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 1 DE ABRIL DE 2025

B.O.C.M. Núm. 77

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Sanidad
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
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CONVENIO de 7 de marzo de 2025, entre el Servicio Madrileño de Salud, sus
centros asistenciales adscritos y vinculados, la empresa pública Hospital Universitario de Fuenlabrada, Hospital Universitario Fundación de Alcorcón, los
establecimientos Famicordon, S. L, Famicordsuisse, S. A. y Biokryo GmbH y la
empresa Sevibe Cells, S. L., para la recogida y depósito de sangre de cordón umbilical con destino a uso autólogo o alogénico familiar.

De una parte, D.a Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, nombrada mediante Decreto 257/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación del Servicio Madrileño de
Salud, actuando en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 23.2 a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento
del Servicio Madrileño de Salud, el Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio
Madrileño de Salud, de 9 de mayo de 2008, ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020,
por el que se delegan determinadas competencias en materia de convenios.
D.a Gema Sarmiento Beltrán, Directora-Gerente del Empresa Pública Hospital Universitario de Fuenlabrada, designada según Orden 1100/2019, de 9 de octubre, de la Consejería de Sanidad, actuando en nombre y representación del Hospital Universitario de
Fuenlabrada, de acuerdo con lo establecido en el artículo 15 del Decreto 196/2002, de 26 de
diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Hospital Universitario de Fuenlabrada,
en virtud de la Ley 13/2002, de 20 de diciembre, de medidas Fiscales y Administrativas.
D. Modoaldo Garrido Martín, Director Gerente del Hospital Universitario Fundación
Alcorcón, actuando en nombre y representación del Hospital Universitario Fundación Alcorcón, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de los Estatutos del Hospital, por el
que se faculta al Director Gerente a ostentar por delegación del Presidente, la representación del Hospital Universitario Fundación Alcorcón, y en virtud de los acuerdos de nombramiento y de apoderamiento adoptados en la reunión del Patronato celebrada con fecha 6 de
octubre de 2011.
Y de otra, D. Eloi Palà Ramos, mayor de edad, con DNI ***4039**, en su condición
de Director General de la entidad Sevibe Cells, S. L., domiciliada en Cerdanyola del Vallès, 08290, Parc Tecnològic, número 3, Centre d’empreses y titular del NIF B64646912.
D. Eloi Palá Ramos actuando como persona física en nombre y en representación de
Sevibe Cells como administradora única de la sociedad Famicordon, S. L., con domicilio
en Avda. Arroyo del Santo 6, 28042 Madrid, que está autorizado por la Comunidad de
Madrid, e inscrito en el Registro con el n.o CS19758.
D. Thomas Behr, con número de ID ***FLXW**, en su condición de CEO y director
científico de la entidad Biokryo GmbH, domiciliada en Zinzinger Str. 34, 66117 Saarbrücken (Alemania) y registrada en la Amtsgericht Saarbrücken HRB 18695 (en adelante,
indistintamente “Biokryo”).
D. Eloi Palá Ramos, actuando en nombre y representación de Famicord Suisse, S. A.
con domicilio en Corso Enrico Pestalozzi 3, 6900 Lugano, Suiza y banco de tejidos en Route de L´Ancienne Papeterie 170, 1723 Marly, Cantón de Friburgo, Suiza y registrada con
n.o de referencia A-00422-93.
MANIFIESTAN
Primero
Que el Servicio Madrileño de Salud tiene, entre otros fines, la atención integral de la
salud en todos los ámbitos asistenciales, tal y como se establece en el artículo 4, apartado

BOCM-20250401-48

REUNIDOS