El Escorial (BOCM-20250331-73)
Organización y funcionamiento. Reglamento Protocolo Institucional
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 542
LUNES 31 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 76
30.3.- El Ayuntamiento podrá disponer, de acuerdo con el rango del fallecido, banderas a media
asta en los edificios municipales, crespones negros en las situadas en el interior de los edificios
municipales y pliegos de firmas de pésame en la Casa Consistorial.
CAPÍTULO IV
De las bodas civiles
Artículo 31.- De las bodas civiles.
31.1.- El ceremonial será sobrio, digno y respetuoso acorde con la naturaleza jurídica del acto. Se
celebrará preferentemente en el Salón de Plenos del Ayuntamiento y la Alcaldía - Presidencia o
Concejales que actúen por delegación deberán llevar puesta la Medalla de la Corporación.
TÍTULO SEXTO
SOBRE LA CONCEJALÍA DE PROTOCOLO INSTITUCIONAL
Artículo 32.- Sobre la Concejalía
32.1.- La Concejalía delegada de Protocolo Institucional tendrá a su cargo la organización y
atención del Protocolo oficial en los actos públicos que se celebren, así como el seguimiento y
cuidado de banderas, reposteros, distinciones, obsequios y Libro Oficial de Firmas.
32.2.- El responsable de dicha Concejalía, de acuerdo con la Alcaldía - Presidencia, confeccionará
y remitirá a los miembros de la Corporación Municipal, las normas específicas de protocolo
institucional que regirán en cada acto. Tendrá a su cargo, en cualquier caso, la interpretación y
aplicación de las normas y disposiciones que se fijan en el presente reglamento.
Artículo 33.- Funciones
33.1.- La Concejalía de Protocolo Institucional procederá a encargar la elaboración de las
distinciones y obsequios institucionales con aprobación del gasto correspondiente. Llevará un libroregistro con los obsequios y regalos recibidos por la Corporación Municipal, obsequios que
preferentemente se deberán dar cuenta a través de la Junta de Gobierno Local.
33.2.- La Concejalía de Protocolo Institucional deberá preservar, realzar y, en su caso, recuperar,
las tradiciones, fiestas y celebraciones de este Municipio, adaptando su configuración a los
preceptos protocolarios vigentes.
Disposición Derogatoria Única
Quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a lo establecido en este Reglamento».
BOCM-20250331-73
Contra el presente acuerdo, que agota la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de
Madrid en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación del
mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello sin perjuicio de
que pueda interponerse cualquier otro que se estime conveniente.
En El Escorial, a 19 de marzo de 2025.—La concejal-delegada de Régimen Interior,
Vanesa Herranz Benito.
(03/4.452/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 542
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B.O.C.M. Núm. 76
30.3.- El Ayuntamiento podrá disponer, de acuerdo con el rango del fallecido, banderas a media
asta en los edificios municipales, crespones negros en las situadas en el interior de los edificios
municipales y pliegos de firmas de pésame en la Casa Consistorial.
CAPÍTULO IV
De las bodas civiles
Artículo 31.- De las bodas civiles.
31.1.- El ceremonial será sobrio, digno y respetuoso acorde con la naturaleza jurídica del acto. Se
celebrará preferentemente en el Salón de Plenos del Ayuntamiento y la Alcaldía - Presidencia o
Concejales que actúen por delegación deberán llevar puesta la Medalla de la Corporación.
TÍTULO SEXTO
SOBRE LA CONCEJALÍA DE PROTOCOLO INSTITUCIONAL
Artículo 32.- Sobre la Concejalía
32.1.- La Concejalía delegada de Protocolo Institucional tendrá a su cargo la organización y
atención del Protocolo oficial en los actos públicos que se celebren, así como el seguimiento y
cuidado de banderas, reposteros, distinciones, obsequios y Libro Oficial de Firmas.
32.2.- El responsable de dicha Concejalía, de acuerdo con la Alcaldía - Presidencia, confeccionará
y remitirá a los miembros de la Corporación Municipal, las normas específicas de protocolo
institucional que regirán en cada acto. Tendrá a su cargo, en cualquier caso, la interpretación y
aplicación de las normas y disposiciones que se fijan en el presente reglamento.
Artículo 33.- Funciones
33.1.- La Concejalía de Protocolo Institucional procederá a encargar la elaboración de las
distinciones y obsequios institucionales con aprobación del gasto correspondiente. Llevará un libroregistro con los obsequios y regalos recibidos por la Corporación Municipal, obsequios que
preferentemente se deberán dar cuenta a través de la Junta de Gobierno Local.
33.2.- La Concejalía de Protocolo Institucional deberá preservar, realzar y, en su caso, recuperar,
las tradiciones, fiestas y celebraciones de este Municipio, adaptando su configuración a los
preceptos protocolarios vigentes.
Disposición Derogatoria Única
Quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a lo establecido en este Reglamento».
BOCM-20250331-73
Contra el presente acuerdo, que agota la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de
Madrid en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación del
mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello sin perjuicio de
que pueda interponerse cualquier otro que se estime conveniente.
En El Escorial, a 19 de marzo de 2025.—La concejal-delegada de Régimen Interior,
Vanesa Herranz Benito.
(03/4.452/25)
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ISSN 1989-4791