D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250329-5)
Convenio –  Convenio de colaboración de 7 de marzo de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Economía, Hacienda y Empleo) y la Asociación de Empresarios y Profesionales de la Carne y Derivados Cárnicos de la Comunidad de Madrid (CARNIMAD), la Asociación de Empresarios Detallistas de Pescados y Productos Congelados de la Comunidad de Madrid (ADEPESCA), la Asociación de Empresarios Detallistas de Frutas y Hortalizas de Madrid (ADEFRUTAS), la Asociación de Empresarios Artesanos del Sector de Pastelería de Madrid-Pasteleros de Madrid (ASEMPAS), la Asociación Española de Floristas (AEFI), el Gremio del Comercio de Ferretería de Madrid y su Provincia (AGREFEMA), la Asociación Provincial de Comerciantes Ambulantes y de Ferias de Madrid, la Asociación de Empresarias y Empresarios del Comercio del Libro de Madrid (Gremio de Libreras y Libreros de Madrid), la Asociación de Comerciantes de Electrodomésticos, Muebles de Cocina y Autónomos (ACEMA), la Única-Asociación Madrileña de Empresarios de Alimentación y Distribución, la Asociación Sindical de Detallistas de Huevos, Aves y Caza de la Provincia de Madrid (ASDHAC), la Asociación Empresarial del Comercio Textil, Complementos y Piel (ACOTEX), la Federación de Comercio Agrupado y Mercados de la Comunidad de Madrid (COCAM), el Gremio de Joyeros, Plateros y Relojeros de Madrid y la Asociación de Empresarios de Establecimientos Sanitarios de Ópticas de la Comunidad de Madrid (Asociación Ópticas Madrid), la Asociación de Vendedores Profesionales de Prensa de Madrid (AVPPM), la Asociación de Empresas de Confección y Moda de la Comunidad de Madrid (ASECOM), la Asociación para la Gestión y Modernización del Comercio en Espacios Urbanos y Mercadillos (GESCOMER), la Asociación de Empresarios de Comercios del Hábitat de Madrid, la Asociación Profesional de Tintorerías y Lavanderías de la Comunidad de Madrid (ASTYLCAM), la Asociación para la Promoción y el Desarrollo del Comercio Ambulante (APRODECA), la Asociación de Talleres de Automoción (ASETRA) y la Asociación de Empresarios Mayoristas de Pescados de Madrid (AEMPM), para la Asistencia Técnica en Materia de Ordenación, Promoción y Fomento de la Actividad Comercial y de Servicios
50 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
B.O.C.M. Núm. 75

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 29 DE MARZO DE 2025









do 8 se contempla “Someter a la Administración Pública las propuestas derivadas
de dichos estudios, así como colaborar con ella para la consecución de finalidades
específicas”.
Asociación Provincial de Comerciantes Ambulantes y de Ferias de Madrid:
El artículo 7 de sus estatutos fundacionales, establece entre los principios básicos de
la asociación “Orientar y desarrollar toda su actividad…en la defensa de la profesión y en consecuencia estimulará la participación en otras organizaciones bien de
carácter nacional o internacional para la defensa de nuestros múltiples intereses”.
En su artículo 8 establece “Desde estos puntos de vista y comprendiendo que nuestros intereses profesionales están relacionados con otros sectores del comercio, sobre todo pequeño y mediano, estableceremos, siempre que la ocasión lo aconseje,
contactos y diálogos con estos sectores, tomando como objetivo la vivencia del comercio ambulante y respetando, en lo que se considere justo, los intereses de la comercialización sedentaria en sus vertientes pequeña y mediana empresa”.
Asimismo, en su artículo 9 establece que la asociación debe establecer contacto
con los medios políticos, administrativos y asociaciones de consumidores…. para
que así estos sectores tengan una imagen clara de lo que es el comercio ambulante y el eficiente servicio que presta como canal de distribución comercial.
Asociación de Empresarias y Empresarios del Comercio del Libro de Madrid
(Gremio de Libreras y Libreros de Madrid):
El artículo 2 de sus estatutos fundacionales, de fecha 21 de junio de 2017, establece entre los fines de la asociación “Representar, gestionar, fomentar, coordinar y
defender los intereses de carácter general y común de los libreros que intervienen
en el comercio del libro en el territorio de la Comunidad de Madrid; Velar por la
correcta regulación jurídica del comercio del libro, defender a los minoristas de
las competencias desleales; Perfeccionar la formación en sus aspectos profesional,
ético y ecológico; Apoyar especialmente a la pequeña y mediana librería independiente y fomentar la modernización de las estructuras libreras”.
Asociación de Comerciantes de Electrodomésticos, Muebles de Cocina y Autónomos
(ACEMA):
El artículo 1, apartado 1, de sus estatutos fundacionales, establece entre sus fines
“La representación, defensa y promoción de los intereses generales y comunes del
sector profesional o de sus miembros n los órdenes económico, profesional,
social, cultural, tecnológico y comercial frente a todo género de personas, entidades y organismos, públicos o privados nacionales o extranjeros”; en su apartado 1.2 “Fomentar la solidaridad de los afiliados, promocionando y creando servicios comunes de naturaleza asistencial”; apartado 1.4 “Informar, asesorar y
negociar sobre la elaboración, desarrollo, aplicación y modificación de cuantas
disposiciones puedan dictarse y afecten a las empresas miembros del sector y al
bienestar de las Comunidades”; apartado 1.6 “Organizar una constante labor formativa y de promoción humana, cultural, profesional e intelectual de los empresarios mediante la organización de cursos, coloquios, seminarios, etc.”; apartado
1.7 “Promover y colaborar en la mejora de rendimientos y de la productividad de
las empresas, así como en la formación y promoción social de los trabajadores del
sector”; apartado 1.10 “Velar por el prestigio profesional impidiendo la competencia ilícita y desleal”; apartado 1.11 “Organizar y mantener los servicios necesarios para el cumplimiento de los fines y editar publicaciones o boletines de información que promuevan las actividades de las empresas del sector”; apartado
1.12 “Y, en general, cualesquiera otros que, en el ámbito de la competencia de la
asociación, tienda directamente la más eficaz defensa de los intereses colectivos
de los empresarios del sector”.
La ÚNICA-Asociación Madrileña de Empresarios de Alimentación y Distribución:
El artículo 2 de sus estatutos fundacionales, establece que el objeto de la asociación es la “Representación, gestión y defensa de los intereses económicos, sociales y profesionales de sus miembros, así como la impartición de la formación requerida por sus miembros. para ello, establecerá los servicios de asesorías
jurídicas, fiscales y de gestión profesional que fueran necesarias”.

Pág. 87

BOCM-20250329-5

BOCM