C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250329-1)
Convenio colectivo – Resolución de 8 de marzo de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Mall Entertainment Centre Acuario Arroyomolinos, S. L. (Código número 28103322012022)
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 28
SÁBADO 29 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 75
ANEXO I
CLASIFICACIÓN PROFESIONAL Y DEFINICIÓN DE GRUPOS PROFESIONALES
Grupo 1. Se incluyen los puestos de trabajo para cuyo desempeño son necesarios conocimientos
adquiridos en el desempeño de una profesión y/o titulación equivalente a estudios universitarios de
grado medio o superior, completados con una experiencia dilatada en su sector profesional y cuyas
principales funciones son dirigir, planificar, coordinar y controlar todas las actividades relacionadas
con la dirección de cada departamento o área.
Grupo 2. Se incluyen los puestos de trabajo para cuyo desempeño son necesarios conocimientos
adquiridos en el desempeño de una profesión y/o titulación equivalente a estudios universitarios de
grado medio o superior completados con una formación y conocimientos específicos del puesto de
trabajo y cuyas principales funciones son coordinar a un grupo de personas distribuyendo y
supervisando los trabajos a realizar o realizados e indicando a dicho personal a sus órdenes la forma
y medios a emplear, responsabilizándose del trabajo, seguridad y organización del equipo a su
cargo, y reportando a la dirección de cada área o departamento.
Grupo 3. Se incluyen los puestos de trabajo para cuyo desempeño son necesarios conocimientos
adquiridos en el desempeño de una profesión y/o titulación equivalente o superior a Formación
Profesional de Segundo Grado completada con experiencia en el puesto de trabajo y cuyas
funciones, tienen un alto contenido intelectual o de interrelación humana o realizan de manera
autónoma tareas de supervisión en el marco de instrucciones generales de cierta complejidad
técnica.
Grupo 4. Se incluyen los puestos de trabajo para cuyo desempeño son necesarios conocimientos
adquiridos en el desempeño del propio puesto de trabajo u otro equivalente, y cuyas funciones
consisten en la ejecución de tareas según instrucciones concretas, claramente establecidas, con un
alto grado de dependencia, que requieren preferentemente esfuerzo físico y/o atención y que con la
adecuada experiencia pueden llegar a realizar tareas simples de coordinación de otros trabajadores
del mismo grupo.
GRUPOS
PROFESIONALES
GRUPO 1
PUESTOS DE TRABAJO
Director/a
Jefe/a Departamento
Titulado/a Superior
GRUPO 2
Supervisor/a
GRUPO 3
Especialista
GRUPO 4
Auxiliar
ANEXO II
TABLAS SALARIALES AÑO 2025
AÑO 2025 SALARIO BASE ANUAL
NIVEL I
21.783,80 euros
NIVEL II
19.363,38 euros
NIVEL III
18.153,16 euros
NIVEL IV
SMI
BOCM-20250329-1
(03/3.857/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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Pág. 28
SÁBADO 29 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 75
ANEXO I
CLASIFICACIÓN PROFESIONAL Y DEFINICIÓN DE GRUPOS PROFESIONALES
Grupo 1. Se incluyen los puestos de trabajo para cuyo desempeño son necesarios conocimientos
adquiridos en el desempeño de una profesión y/o titulación equivalente a estudios universitarios de
grado medio o superior, completados con una experiencia dilatada en su sector profesional y cuyas
principales funciones son dirigir, planificar, coordinar y controlar todas las actividades relacionadas
con la dirección de cada departamento o área.
Grupo 2. Se incluyen los puestos de trabajo para cuyo desempeño son necesarios conocimientos
adquiridos en el desempeño de una profesión y/o titulación equivalente a estudios universitarios de
grado medio o superior completados con una formación y conocimientos específicos del puesto de
trabajo y cuyas principales funciones son coordinar a un grupo de personas distribuyendo y
supervisando los trabajos a realizar o realizados e indicando a dicho personal a sus órdenes la forma
y medios a emplear, responsabilizándose del trabajo, seguridad y organización del equipo a su
cargo, y reportando a la dirección de cada área o departamento.
Grupo 3. Se incluyen los puestos de trabajo para cuyo desempeño son necesarios conocimientos
adquiridos en el desempeño de una profesión y/o titulación equivalente o superior a Formación
Profesional de Segundo Grado completada con experiencia en el puesto de trabajo y cuyas
funciones, tienen un alto contenido intelectual o de interrelación humana o realizan de manera
autónoma tareas de supervisión en el marco de instrucciones generales de cierta complejidad
técnica.
Grupo 4. Se incluyen los puestos de trabajo para cuyo desempeño son necesarios conocimientos
adquiridos en el desempeño del propio puesto de trabajo u otro equivalente, y cuyas funciones
consisten en la ejecución de tareas según instrucciones concretas, claramente establecidas, con un
alto grado de dependencia, que requieren preferentemente esfuerzo físico y/o atención y que con la
adecuada experiencia pueden llegar a realizar tareas simples de coordinación de otros trabajadores
del mismo grupo.
GRUPOS
PROFESIONALES
GRUPO 1
PUESTOS DE TRABAJO
Director/a
Jefe/a Departamento
Titulado/a Superior
GRUPO 2
Supervisor/a
GRUPO 3
Especialista
GRUPO 4
Auxiliar
ANEXO II
TABLAS SALARIALES AÑO 2025
AÑO 2025 SALARIO BASE ANUAL
NIVEL I
21.783,80 euros
NIVEL II
19.363,38 euros
NIVEL III
18.153,16 euros
NIVEL IV
SMI
BOCM-20250329-1
(03/3.857/25)
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