D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250329-9)
Convenio –  Adenda de 11 de marzo de 2025, de modificación y prórroga para el período 22 de marzo de 2025 a 21 de marzo de 2027, ambos inclusive, del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales), la Agencia Madrileña de Atención Social de la Comunidad de Madrid y Plena Inclusión Madrid, para el desarrollo de cursos de manipuladores de alimentos en accesibilidad cognitiva en los centros y recursos de atención a personas con discapacidad intelectual gestionados por entidades sin ánimo de lucro en la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 75

SÁBADO 29 DE MARZO DE 2025

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Segunda
Modificación del Anexo 1: desarrollo de los cursos
El Anexo I del convenio que nos ocupa “Desarrollo de los cursos” se modifica en dos
apartados:
— El apartado “Formación para el mantenimiento” queda modificado exclusivamente en el plazo de realización de la actualización de conocimientos, pasando a realizarse la actualización de conocimientos transcurridos dos años, de modo que pasará a ser:
Transcurridos dos años se realiza una actualización de conocimientos con una duración de 5 horas repartidas en dos jornadas estructuradas en cinco módulos en los que
se abordaran las siguientes materias: responsabilidad del manipulador de alimentos,
contaminación de alimentos, actitudes e higiene del manipulador de alimentos, mantenimiento y limpieza de útiles y entorno, etiquetas y símbolos en productos de limpieza y alimentación, alergias alimentarias y conservación de alimentos.
— El apartado “Materiales de Apoyo”, queda modificado exclusivamente, eliminando el manual con apoyo de pictogramas, de modo que pasará a ser:
Durante el curso se entregará a los alumnos un manual de lectura fácil que ha sido
validado y sigue las pautas dictadas en las normas y reglas que marca el método
de accesibilidad cognitiva.
Tercera
Efectos de la modificación del convenio
El resto del clausulado del convenio se mantiene inalterado, así como todas las obligaciones dimanantes de él para las partes firmantes.
Cuarta
Vigencia de la modificación
La modificación del convenio estará vigente a partir del 22 de marzo de 2025.
Quinta
Prórroga

BOCM-20250329-9

El convenio queda prorrogado para el período comprendido entre el 22 de marzo de 2025
y el 21 de marzo de 2027, ambos inclusive.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente documento, en el lugar
indicado y fecha de la última firma digital.
Madrid, a 11 de marzo de 2025.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—Por Plena Inclusión Madrid, Tomás Ángel
Sancho Marco.
(03/4.236/25)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791