A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250328-1)
Planes de estudios – Decreto 8/2025, de 26 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican nueve decretos por los que se establecen para la Comunidad de Madrid planes de estudios de cursos de especialización de formación profesional
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BOCM
Pág. 14
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 74
2. Las modificaciones contenidas en este decreto serán de aplicación, en los términos que se indica en cada caso, a la ordenación de los cursos de especialización establecida por los siguientes decretos:
a) Decreto 201/2021, de 1 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del curso de especialización
de formación profesional en ciberseguridad en entornos de las tecnologías de la
información.
b) Decreto 219/2023, de 30 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del curso de especialización
de formación profesional en Implementación de redes 5G.
c) Decreto 220/2023, de 30 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid, el plan de estudios del curso de especialización
de formación profesional en Audiodescripción y subtitulación.
d) Decreto 221/2023, de 30 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del curso de especialización
de formación profesional en Instalación y mantenimiento de sistemas conectados a
internet (IoT).
e) Decreto 222/2023, de 30 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del curso de especialización
de formación profesional en desarrollo de videojuegos y realidad virtual.
f) Decreto 223/2023, de 30 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del curso de especialización
de formación profesional en Cultivos celulares.
g) Decreto 224/2023, de 30 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del curso de especialización
de formación profesional en Aeronaves pilotadas de forma remota-Drones.
h) Decreto 225/2023, de 30 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del curso de especialización
de formación profesional en panadería y bollería artesanales.
i) Decreto 226/2023, de 30 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del curso de especialización
de formación profesional en Mantenimiento y seguridad en sistemas de vehículos
híbridos y eléctricos.
3. Esta norma será de aplicación en los centros públicos y privados de la Comunidad
de Madrid que, debidamente autorizados, impartan estas enseñanzas.
Artículo segundo
Modificación del Decreto 201/2021, de 1 de septiembre, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios
del curso de especialización de formación profesional en ciberseguridad
en entornos de las tecnologías de la información
El Decreto 201/2021, de 1 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del curso de especialización de
formación profesional en ciberseguridad en entornos de las tecnologías de la información,
queda redactado de la siguiente manera:
Uno. El artículo 8 queda redactado con el siguiente tenor literal:
“Artículo 8
Las condiciones de titulación y los requisitos para impartir docencia en los módulos
profesionales, incluidos en este curso de especialización, se recogen en el artículo 11 del
Real Decreto 479/2020, de 7 de abril, por el que se establece el Curso de especialización en
ciberseguridad en entornos de las tecnologías de la información y se fijan los aspectos básicos del currículo, y las especialidades, en su anexo III. En el caso de contar con personas
expertas del sector productivo o expertas sénior de empresa, estas deberán cumplir los requisitos indicados en el capítulo IV del título V del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio,
por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional”.
BOCM-20250328-1
Profesorado
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2. Las modificaciones contenidas en este decreto serán de aplicación, en los términos que se indica en cada caso, a la ordenación de los cursos de especialización establecida por los siguientes decretos:
a) Decreto 201/2021, de 1 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del curso de especialización
de formación profesional en ciberseguridad en entornos de las tecnologías de la
información.
b) Decreto 219/2023, de 30 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del curso de especialización
de formación profesional en Implementación de redes 5G.
c) Decreto 220/2023, de 30 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid, el plan de estudios del curso de especialización
de formación profesional en Audiodescripción y subtitulación.
d) Decreto 221/2023, de 30 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del curso de especialización
de formación profesional en Instalación y mantenimiento de sistemas conectados a
internet (IoT).
e) Decreto 222/2023, de 30 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del curso de especialización
de formación profesional en desarrollo de videojuegos y realidad virtual.
f) Decreto 223/2023, de 30 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del curso de especialización
de formación profesional en Cultivos celulares.
g) Decreto 224/2023, de 30 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del curso de especialización
de formación profesional en Aeronaves pilotadas de forma remota-Drones.
h) Decreto 225/2023, de 30 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del curso de especialización
de formación profesional en panadería y bollería artesanales.
i) Decreto 226/2023, de 30 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del curso de especialización
de formación profesional en Mantenimiento y seguridad en sistemas de vehículos
híbridos y eléctricos.
3. Esta norma será de aplicación en los centros públicos y privados de la Comunidad
de Madrid que, debidamente autorizados, impartan estas enseñanzas.
Artículo segundo
Modificación del Decreto 201/2021, de 1 de septiembre, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios
del curso de especialización de formación profesional en ciberseguridad
en entornos de las tecnologías de la información
El Decreto 201/2021, de 1 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del curso de especialización de
formación profesional en ciberseguridad en entornos de las tecnologías de la información,
queda redactado de la siguiente manera:
Uno. El artículo 8 queda redactado con el siguiente tenor literal:
“Artículo 8
Las condiciones de titulación y los requisitos para impartir docencia en los módulos
profesionales, incluidos en este curso de especialización, se recogen en el artículo 11 del
Real Decreto 479/2020, de 7 de abril, por el que se establece el Curso de especialización en
ciberseguridad en entornos de las tecnologías de la información y se fijan los aspectos básicos del currículo, y las especialidades, en su anexo III. En el caso de contar con personas
expertas del sector productivo o expertas sénior de empresa, estas deberán cumplir los requisitos indicados en el capítulo IV del título V del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio,
por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional”.
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