D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20250328-40)
Convenio –  Convenio de 11 de marzo de 2025, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Asociación Nacional de Hipertensión Pulmonar, para mejorar la calidad de vida de los pacientes afectados por esta enfermedad a través de un programa de apoyo y acompañamiento en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud
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BOCM

VIERNES 28 DE MARZO DE 2025

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estas instrucciones cumplen con todas las prescripciones legales y
reglamentarias que exige la normativa vigente en materia de protección de
datos.
b) En caso de que el tratamiento no incluya la recogida de datos personales en
nombre y por cuenta del Responsable, los datos personales a los que accederá
el Encargado en virtud de este convenio han sido obtenidos y tratados
cumpliendo con todas las prescripciones legales y reglamentarias que exige la
normativa vigente en materia de protección de datos.
c) Cumple con todas sus obligaciones en materia de protección de datos como
responsable del tratamiento y es consciente de que los términos de este
convenio en nada alteran ni sustituyen las obligaciones y responsabilidades que
sean atribuibles al Responsable del Tratamiento como tal.
d) Supervisará el tratamiento y el cumplimiento de la normativa de protección de
datos por parte del Encargado del Tratamiento.
SEXTA. - MEDIDAS DE SEGURIDAD Y VIOLACIÓN DE LA SEGURIDAD
Teniendo en cuenta el estado de la técnica, los costes de aplicación y la
naturaleza, el alcance, el contexto y los fines del tratamiento, así como riesgos
de probabilidad y gravedad variables para los derechos y libertades de las
personas físicas, el Encargado del Tratamiento aplicará medidas técnicas y
organizativas apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al
riesgo, que en su caso incluya, entre otros:
a) la seudonimización y el cifrado de datos personales.
b) la capacidad de garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y
resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento, así como la
disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida en caso de
incidente físico o técnico.
c) un proceso de verificación, evaluación y valoración regulares de la eficacia de
las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad del
tratamiento.
d) un catálogo de medidas de seguridad reconocido en normativas o estándares
de seguridad de la información.
BOCM-20250328-40

B.O.C.M. Núm. 74

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID