C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250328-22)
Concesión ayudas – Orden 686/2025, de 25 de marzo, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se concede ayudas del Bono Social Térmico 2024 a 45.444 beneficiarios del bono social eléctrico a 31 de diciembre de 2023 en la Comunidad de Madrid y por la que se inicia el plazo de renuncia de los beneficiarios incluidos en esta orden al derecho de las ayudas del Bono Social Térmico 2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 74
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE MARZO DE 2025
Pág. 89
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
22
ORDEN 686/2025, de 25 de marzo, de la Consejería de Familia, Juventud y
Asuntos Sociales, por la que se concede ayudas del Bono Social Térmico 2024
a 45.444 beneficiarios del bono social eléctrico a 31 de diciembre de 2023 en
la Comunidad de Madrid y por la que se inicia el plazo de renuncia de los beneficiarios incluidos en esta orden al derecho de las ayudas del Bono Social
Térmico 2024.
Primero
El Real Decreto-Ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición
energética y la protección de los consumidores, crea, en su artículo 5, el programa de concesión directa de ayudas destinadas a paliar la pobreza energética en consumidores vulnerables, en lo que respecta a energía destinada a calefacción, agua caliente sanitaria o cocina, denominado Bono Social Térmico.
Segundo
De acuerdo con este Real Decreto-Ley, los beneficiarios del bono social térmico serán
aquellos consumidores que sean beneficiarios del bono social de electricidad previsto en el
artículo 45 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, a 31 de diciembre
del año anterior. El criterio de distribución de la ayuda del bono social térmico entre los beneficiarios se recoge en el artículo 9, donde la cuantía a percibir por cada beneficiario se determinará atendiendo a su grado de vulnerabilidad, así como a la zona climática en la que
se localice la vivienda en la que se encuentre empadronado.
Tercero
En aplicación de la Sentencia del Tribunal Constitucional 134/2020, de 23 de septiembre, la
Comunidad de Madrid aprueba la Ley 4/2022, de 13 de mayo, que regula la comunicación de información por los comercializadores de referencia a la Comunidad de Madrid para la gestión y
pago del bono social térmico en su ámbito territorial y desarrolla la Orden 1478/2022, de 27 de
junio, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social por la que se regula el procedimiento para la gestión, concesión y pago del Bono Social Térmico en la Comunidad de Madrid, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de junio de 2022.
Cuarto
Mediante Resolución, de 23 de noviembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Energía se autoriza la transferencia a la Comunidad de Madrid de 44.318.467,53 euros en concepto de bono social térmico para el año 2024. En esta Resolución se concede a la Comunidad de Madrid una subvención por importe de 45.223.554,03 euros, de los cuales sólo se
ingresan 44.318.467,53 euros, al descontarse el importe de 905.086,50 euros no ejecutado
de la convocatoria del BSTE del año 2022 por fallecimiento de los beneficiarios, con cargo a la partida presupuestaria 23.03.425A.450 del Ministerio de Transición Ecológica y
Reto Demográfico.
Por Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 26 de diciembre de 2024, se autoriza un gasto por importe de 45.223.554,03 euros para el pago de las ayudas del bono social térmico de
2024 en la Comunidad de Madrid, con cargo a la partida presupuestaria 48399 del Programa
232E del Presupuesto de Gastos de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
Sexto
Orden 3800/2024, de 26 de diciembre, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se declara el importe de crédito presupuestario disponible para la
BOCM-20250328-22
Quinto
B.O.C.M. Núm. 74
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE MARZO DE 2025
Pág. 89
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
22
ORDEN 686/2025, de 25 de marzo, de la Consejería de Familia, Juventud y
Asuntos Sociales, por la que se concede ayudas del Bono Social Térmico 2024
a 45.444 beneficiarios del bono social eléctrico a 31 de diciembre de 2023 en
la Comunidad de Madrid y por la que se inicia el plazo de renuncia de los beneficiarios incluidos en esta orden al derecho de las ayudas del Bono Social
Térmico 2024.
Primero
El Real Decreto-Ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición
energética y la protección de los consumidores, crea, en su artículo 5, el programa de concesión directa de ayudas destinadas a paliar la pobreza energética en consumidores vulnerables, en lo que respecta a energía destinada a calefacción, agua caliente sanitaria o cocina, denominado Bono Social Térmico.
Segundo
De acuerdo con este Real Decreto-Ley, los beneficiarios del bono social térmico serán
aquellos consumidores que sean beneficiarios del bono social de electricidad previsto en el
artículo 45 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, a 31 de diciembre
del año anterior. El criterio de distribución de la ayuda del bono social térmico entre los beneficiarios se recoge en el artículo 9, donde la cuantía a percibir por cada beneficiario se determinará atendiendo a su grado de vulnerabilidad, así como a la zona climática en la que
se localice la vivienda en la que se encuentre empadronado.
Tercero
En aplicación de la Sentencia del Tribunal Constitucional 134/2020, de 23 de septiembre, la
Comunidad de Madrid aprueba la Ley 4/2022, de 13 de mayo, que regula la comunicación de información por los comercializadores de referencia a la Comunidad de Madrid para la gestión y
pago del bono social térmico en su ámbito territorial y desarrolla la Orden 1478/2022, de 27 de
junio, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social por la que se regula el procedimiento para la gestión, concesión y pago del Bono Social Térmico en la Comunidad de Madrid, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de junio de 2022.
Cuarto
Mediante Resolución, de 23 de noviembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Energía se autoriza la transferencia a la Comunidad de Madrid de 44.318.467,53 euros en concepto de bono social térmico para el año 2024. En esta Resolución se concede a la Comunidad de Madrid una subvención por importe de 45.223.554,03 euros, de los cuales sólo se
ingresan 44.318.467,53 euros, al descontarse el importe de 905.086,50 euros no ejecutado
de la convocatoria del BSTE del año 2022 por fallecimiento de los beneficiarios, con cargo a la partida presupuestaria 23.03.425A.450 del Ministerio de Transición Ecológica y
Reto Demográfico.
Por Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 26 de diciembre de 2024, se autoriza un gasto por importe de 45.223.554,03 euros para el pago de las ayudas del bono social térmico de
2024 en la Comunidad de Madrid, con cargo a la partida presupuestaria 48399 del Programa
232E del Presupuesto de Gastos de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
Sexto
Orden 3800/2024, de 26 de diciembre, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se declara el importe de crédito presupuestario disponible para la
BOCM-20250328-22
Quinto