Madrid (BOCM-20250327-66)
Régimen económico. Distrito de Usera. Extracto convocatoria subvenciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 27 DE MARZO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 73

— Modalidad de “Gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios”:
70.000,00 euros, cuyo desglose es el siguiente:
• Gastos de funcionamiento de la sede social u otros espacios ubicados en el municipio de Madrid en los que la entidad desarrolla habitualmente su actividad:
40.000,00 euros.
• Gastos de adquisición de mobiliario y de equipamiento necesarios para el correcto funcionamiento de la entidad: 30.000,00 euros.
La cuantía de la subvención se considerará importe cierto a los efectos de lo previsto
en el artículo 18.1 de la OBRGS, entendiéndose, en consecuencia, que queda de cuenta de
la entidad beneficiaria la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución del
proyecto o actividad subvencionada, debiendo ser reintegrada, en su caso, la financiación
pública por el importe en que la misma exceda del coste total de dicha actividad.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación será de
quince días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 23.2 de la LGS.
Para la convocatoria anticipada 2026 el plazo de presentación de solicitudes será del 3
de noviembre al 24 de noviembre de 2025.
Sexto. Otros datos.—Esta convocatoria de subvenciones se desarrolla en régimen de
concurrencia competitiva.
Las solicitudes de subvención se formalizarán conforme al modelo que figura como
solicitud de subvención en la presente convocatoria.
Para la modalidad de proyectos, junto a la solicitud de subvención, se acompañará una
Memoria explicativa del proyecto que habrá de cumplimentarse en el Anexo I.
Para la modalidad de Gastos de mantenimiento de Sedes Sociales, junto a la solicitud
de subvención, se acompañará cumplimentado el modelo Anexo II.
Límites establecidos para 2025 y convocatoria anticipada 2026:
En la modalidad de proyectos no se financiarán gastos de inversión. Cada entidad solicitante podrá presentar un proyecto a esta convocatoria. No serán admitidos aquellos proyectos cuyo presupuesto total supere 5.000,00 euros, impuestos incluidos y tampoco serán
admitidas aquellas peticiones cuya cuantía solicitada sea superior a 5.000,00 euros.
En la modalidad de gastos de funcionamiento de sede social u otros espacios no serán
financiables los gastos derivados de cualquier clase de obras en las sedes sociales u otros
espacios en los que la entidad desarrolle su actividad de forma habitual.
Solo serán financiados los gastos de funcionamiento de sede social o alquiler de sede
social de espacios ubicados en el municipio de Madrid en los que la entidad desarrolla habitualmente su actividad.
No serán admitidas solicitudes de subvención cuya cuantía supere la suma de los presupuestos anuales consignados en el modelo de solicitud. La cuantía solicitada para la modalidad
de gastos de alquiler y funcionamiento, en conjunto, no podrá ser superior a 5.000,00 euros.
La cuantía solicitada para los gastos de equipamiento de sede social no podrá ser superior a 2.000,000 euros.
En ningún caso podrán imputarse a estas subvenciones los gastos de funcionamiento
de sedes sociales u otros espacios cuando estén asociados a locales o inmuebles que hayan
sido cedidos gratuitamente por el Ayuntamiento de Madrid a la entidad.
Las subvenciones obtenidas en el marco de esta convocatoria serán compatibles con la
percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualesquiera otras Administraciones o entes públicos o privados nacionales, de
la Unión Europea o de organismos internacionales, y podrán prever mecanismos específicos de verificación para comprobar el cumplimiento efectivo de las condiciones de compatibilidad o incompatibilidad establecidas. No obstante, la percepción de subvenciones con
cargo a esta convocatoria no será compatible con la obtención de subvenciones nominativas incluidas en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para el año 2025 y 2026 ni con
subvenciones convocadas por el Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y
Emergencias para la misma finalidad.
Madrid, a 24 de marzo de 2025.—La concejala-presidenta del Distrito de Usera, Sonia Cea Quintana.
(03/4.884/25)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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