Madrid (BOCM-20250327-65)
Régimen económico. Distrito de Moratalaz. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 192
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 27 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 73
BOCM-20250327-65
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la
convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 23.2 de la LGS.
Sexto. Otros datos.—Esta convocatoria de subvenciones se desarrolla en régimen de
concurrencia competitiva.
Las solicitudes de subvención se formalizarán conforme al modelo que figura como
solicitud de subvención en la presente convocatoria.
Para la modalidad de proyectos, junto a la solicitud de subvención, se acompañará una
Memoria explicativa del proyecto que habrá de cumplimentarse en el Anexo I.
Para la modalidad de Gastos de funcionamiento de Sedes Sociales u otros espacios,
junto a la solicitud de subvención, se acompañará cumplimentado el modelo Anexo II.
Los modelos de solicitud de subvención y los citados Anexos, así como la información
que se precise para su presentación se obtendrán en la sede electrónica del Ayuntamiento
de Madrid: https://sede.madrid.es.
Límites:
En la modalidad de proyectos no se financiarán gastos de inversión. Cada entidad solicitante podrá presentar 1 proyecto a esta convocatoria. No serán admitidos aquellos proyectos cuyo presupuesto total supere 30.000 euros, impuestos incluidos y tampoco serán
admitidas aquellas peticiones cuya cuantía solicitada sea superior a 2.460,50 euros.
En la modalidad de gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios, no serán financiables los gastos derivados de cualquier clase de obras en las sedes sociales u
otros espacios en los que la entidad desarrolle su actividad de forma habitual.
No serán admitidas solicitudes de subvención cuya cuantía supere la suma de los presupuestos anuales consignados en el modelo de solicitud. La cuantía solicitada para la Gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios, en conjunto, no podrá ser superior a 1.829 euros.
Para la modalidad de gastos de adquisición de equipamiento, mobiliario y equipos informáticos, las entidades habrán de consignar en la solicitud el presupuesto de gasto estimado, impuestos incluidos. No serán admitidas solicitudes de subvención cuya cuantía supere este presupuesto. La cuantía solicitada en este caso no podrá ser superior a 1.000 euros
para cada anualidad. No serán admitidas las peticiones cuya cuantía solicitada sea superior
a límite expresado.
La percepción de subvenciones con cargo a esta convocatoria no será compatible con
la obtención de subvenciones nominativas incluidas en el Presupuesto del Ayuntamiento de
Madrid para el año 2025 ni con subvenciones convocadas por el Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias para la misma finalidad.
Madrid, a 19 de marzo de 2025.—El concejal-presidente del Distrito de Moratalaz,
Ignacio José Pezuela Cabañes.
(03/4.561/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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JUEVES 27 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 73
BOCM-20250327-65
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la
convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 23.2 de la LGS.
Sexto. Otros datos.—Esta convocatoria de subvenciones se desarrolla en régimen de
concurrencia competitiva.
Las solicitudes de subvención se formalizarán conforme al modelo que figura como
solicitud de subvención en la presente convocatoria.
Para la modalidad de proyectos, junto a la solicitud de subvención, se acompañará una
Memoria explicativa del proyecto que habrá de cumplimentarse en el Anexo I.
Para la modalidad de Gastos de funcionamiento de Sedes Sociales u otros espacios,
junto a la solicitud de subvención, se acompañará cumplimentado el modelo Anexo II.
Los modelos de solicitud de subvención y los citados Anexos, así como la información
que se precise para su presentación se obtendrán en la sede electrónica del Ayuntamiento
de Madrid: https://sede.madrid.es.
Límites:
En la modalidad de proyectos no se financiarán gastos de inversión. Cada entidad solicitante podrá presentar 1 proyecto a esta convocatoria. No serán admitidos aquellos proyectos cuyo presupuesto total supere 30.000 euros, impuestos incluidos y tampoco serán
admitidas aquellas peticiones cuya cuantía solicitada sea superior a 2.460,50 euros.
En la modalidad de gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios, no serán financiables los gastos derivados de cualquier clase de obras en las sedes sociales u
otros espacios en los que la entidad desarrolle su actividad de forma habitual.
No serán admitidas solicitudes de subvención cuya cuantía supere la suma de los presupuestos anuales consignados en el modelo de solicitud. La cuantía solicitada para la Gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios, en conjunto, no podrá ser superior a 1.829 euros.
Para la modalidad de gastos de adquisición de equipamiento, mobiliario y equipos informáticos, las entidades habrán de consignar en la solicitud el presupuesto de gasto estimado, impuestos incluidos. No serán admitidas solicitudes de subvención cuya cuantía supere este presupuesto. La cuantía solicitada en este caso no podrá ser superior a 1.000 euros
para cada anualidad. No serán admitidas las peticiones cuya cuantía solicitada sea superior
a límite expresado.
La percepción de subvenciones con cargo a esta convocatoria no será compatible con
la obtención de subvenciones nominativas incluidas en el Presupuesto del Ayuntamiento de
Madrid para el año 2025 ni con subvenciones convocadas por el Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias para la misma finalidad.
Madrid, a 19 de marzo de 2025.—El concejal-presidente del Distrito de Moratalaz,
Ignacio José Pezuela Cabañes.
(03/4.561/25)
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