Madrid (BOCM-20250327-64)
Régimen económico. Distrito de Ciudad Lineal. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 73

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 27 DE MARZO DE 2025

Pág. 189

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
64

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Distrito de Ciudad Lineal
Extracto del decreto de 17 de marzo de 2025, de la concejal-presidenta del Distrito de
Ciudad Lineal, por el que se acuerda la aprobación de la convocatoria ordinaria de subvenciones de fomento del asociacionismo para la anualidad 2025 y convocatoria anticipada
para la anualidad 2026.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

Primero. Beneficiarios.—Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el
Distrito de Ciudad Lineal y estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y
sus organismos públicos aprobada por acuerdo plenario de 30 de octubre de 2013, modificada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2017 (OBRGS).
Segundo. Objeto.—La finalidad de esta convocatoria de subvenciones es fortalecer
el tejido asociativo y promover la implicación activa de los ciudadanos en la vida comunitaria, contribuyendo a consolidar la continuidad y el crecimiento de las asociaciones, así
como a mejorar la cohesión social, el bienestar y la calidad de vida en los barrios.
Para ello, a través de la presente convocatoria, se les proporcionarán recursos a las entidades, al objeto de que fortalezcan las relaciones entre las personas asociadas, puedan captar nuevas socias y socios, garanticen su correcto funcionamiento y desarrollen sus actividades, promoviendo así su implicación y participación en la actividad municipal y
reforzándose así la intervención comunitaria.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de bases reguladoras generales para la
concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de
30 de octubre de 2013, modificada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid,
de 31 de mayo de 2017, publicada en www.madrid.es.
Cuarto. Cuantía
Convocatoria ordinaria 2025:
El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 64.000,00 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de Proyectos: 44.000,00 euros.
— Modalidad de Gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios para financiar el alquiler y funcionamiento de las sedes sociales 20.000,00 euros.
La cuantía de la subvención se considerará importe cierto quedando de cuenta del beneficiario la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución de la actividad subvencionada, debiendo ser reintegrada, en su caso, la financiación pública por el importe en
que la misma exceda del coste total de dicha actividad.
Convocatoria anticipada 2026:
El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 64.000,00 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de Proyectos: 44.000,00 euros.

BOCM-20250327-64

BDNS (Identif.): 821331 y 821315