C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250326-18)
Prueba certificación idiomas –  Resolución de 13 de marzo de 2025, de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, sobre el procedimiento de admisión y matrícula de alumnos libres en las pruebas de certificación en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad de Madrid para el año 2025
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 72

MIÉRCOLES 26 DE MARZO DE 2025

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3. Con fecha 28 de abril de 2025, se publicará la lista provisional de solicitantes inscritos.
4. Los días 29, 30 de abril y 5 de mayo de 2025 se abrirá un período de reclamación.
Las reclamaciones relativas a las solicitudes presentadas por vía telemática se presentarán por escrito a través de la Secretaría Virtual https://raices.madrid.org/secretariavirtual
Las reclamaciones relativas a las solicitudes presentadas de forma presencial se presentarán en la secretaría del centro de la Escuela Oficial de Idiomas consignada como primera opción y se dirigirán a la dirección de este. Además, en este período se podrán subsanar los errores materiales detectados.
Las reclamaciones presentadas a la lista provisional de solicitantes inscritos serán resueltas de manera motivada través de la publicación del listado definitivo de solicitantes
admitidos junto con la Escuela Oficial de Idiomas asignada.
5. Con fecha 7 de mayo de 2025, los solicitantes podrán acceder a la lista definitiva
de solicitantes admitidos, así como a la Escuela Oficial de Idiomas que les ha sido asignada, siguiendo lo establecido en el punto 1 de este apartado. Esta lista definitiva podrá ser
objeto de recurso de alzada en el plazo de un mes ante la Consejería de Educación, Ciencia
y Universidades de la Comunidad de Madrid, que resolverá lo que proceda en los términos
previstos en los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Esta resolución, que será motivada, pondrá fin a la vía administrativa.
6. La adjudicación de plazas se realizará en función del orden de preferencia consignado por el solicitante y del número de vacantes ofertadas en las Escuelas Oficiales de
Idiomas. En el caso de que haya más solicitantes que plazas ofertadas, la adjudicación se
resolverá de acuerdo con el apartado noveno.
Noveno
Criterios para la adjudicación de las plazas
Con el fin de resolver los casos en los que haya más solicitantes que plazas disponibles, la adjudicación de plazas se llevará a cabo teniendo en cuenta el sorteo público que la
consejería con competencias en materia de educación celebra anualmente para regular los
procesos de admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos, y cuyo resultado es comunicado a la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de
Madrid para su aplicación a través de la plataforma de Secretaría Virtual.
Décimo
De acuerdo con el artículo 24 de la Orden 1587/2022, de 8 de junio, el procedimiento
de formalización de matrícula se ajustará a los siguientes plazos y condiciones:
1. La formalización de matrícula de los solicitantes que hayan obtenido plaza se
efectuará del 8 al 21 de mayo de 2025, ambas fechas inclusive, en la Escuela Oficial de Idiomas que a cada solicitante le haya sido asignada.
2. La formalización de matrícula lleva asociados dos precios públicos que los solicitantes deberán abonar, uno en concepto de “Servicios comunes: Servicios administrativos
por curso” y, el segundo, “Pruebas libres para la obtención de certificado de idioma”.
3. El pago de los precios públicos se realizará mediante la aplicación informática
“Pago de tasas, precios públicos y otros ingresos” de la Comunidad de Madrid, disponible
en la dirección web:https://gestiona7.madrid.org/rtas_webapp_pagotasas/#!/main . La tramitación del pago de los precios públicos requiere seleccionar un centro gestor, que deberá ser la escuela oficial de idiomas en la que el solicitante ha resultado admitido. Una vez
cumplimentados de forma telemática los formularios de precios públicos, se podrán abonar
por vía telemática. Asimismo, los documentos se podrán imprimir y presentarse para abono en alguna de las entidades colaboradoras que prestan el servicio de recaudación de la Comunidad de Madrid.
4. La matrícula quedará formalizada una vez el solicitante o persona autorizada haya
presentado el justificante de abono de los dos precios públicos, así como la documentación
requerida por la Escuela Oficial de Idiomas asignada en el plazo indicado. Los solicitantes
que no formalicen la matrícula en el período indicado decaerán de su derecho a la plaza.
5. Con fecha 23 de mayo de 2025, las Escuelas Oficiales de Idiomas que dispongan
de vacantes por no haber formalizado la matrícula los solicitantes admitidos en ella podrán
matricular de forma excepcional hasta completar vacantes.

BOCM-20250326-18

Formalización de matrícula