C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250326-17)
Plan estratégico subvenciones – Orden de 13 de marzo de 2025, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el plan estratégico de subvenciones para la concesión de una subvención a la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) y a la Confederación Española de Jóvenes Empresarios (CEAJE) para la realización de actuaciones de asesoramiento
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BOCM
MIÉRCOLES 26 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 72
RESUELVO
Único
Aprobar el plan estratégico de subvenciones para la concesión de una subvención a la
Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) y a la Confederación Española de Jóvenes Empresarios (CEAJE), para la realización de actuaciones de
asesoramiento.
Madrid, a 13 de marzo de 2025.—La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D.
(Orden de 17 de abril de 2024; B.O.C.M de 7 de mayo), el Viceconsejero de Economía y
Empleo, Daniel Rodríguez Asensio.
ANEXO
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES PARA LA CONCESIÓN
DE UNA SUBVENCIÓN A LA FEDERACIÓN NACIONAL DE ASOCIACIONES
DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS (ATA) Y A LA CONFEDERACIÓN
ESPAÑOLA DE JÓVENES EMPRESARIOS (CEAJE),
PARA LA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES DE ASESORAMIENTO
1. Naturaleza jurídica
El Plan Estratégico de Subvenciones se configura como un instrumento de gestión de
carácter programático, de planificación, carente de carácter normativo y cuyo contenido no
crea derechos ni obligaciones.
Su efectividad queda condicionada a las disponibilidades presupuestarias. Este Plan no
supone la generación de derecho alguno a favor de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir indemnización o compensación, en caso de que no se lleve a la práctica.
Así pues, el Plan se presenta como una guía que marca la pauta a seguir en la línea de
fomento de actividades de interés general para el período 2025-2027.
El establecimiento de subvenciones queda supeditado al cumplimiento de los objetivos
de estabilidad presupuestaria, por lo que las consignaciones presupuestarias que se aprueben
y los instrumentos de concesión se acomodarán en cada momento a dichos objetivos.
2. Ámbito normativo competencial
— Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
— Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
— Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
— Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid.
— Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
— Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
3. Objetivos estratégicos
Realización de acciones de asesoramiento, información, formación, sensibilización y
divulgación en materia de emprendimiento y desarrollo empresarial, con especial atención
al medio rural, con el fin de hacer frente al reto demográfico y contribuir a la revitalización
de los pequeños municipios de la región.
4. Costes presupuestarios previstos y fuentes de financiación
El importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones derivadas
de esta subvención es de 3.000.000 de euros y se financiará con cargo a la partida 48200 de
la Sección 12 del programa 241 Centro Gestor 120270000.
La financiación se efectuará con fondos de empleo de ámbito nacional, distribuidos
para su gestión por la Comunidad de Madrid, de conformidad con la Conferencia Sectorial
de Empleo y Asuntos Laborales.
5. Plazo de ejecución
Se concretará en dos ejercicios presupuestarios, iniciándose en el año 2025 y finalizando en el año 2026.
BOCM-20250326-17
Pág. 62
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 26 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 72
RESUELVO
Único
Aprobar el plan estratégico de subvenciones para la concesión de una subvención a la
Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) y a la Confederación Española de Jóvenes Empresarios (CEAJE), para la realización de actuaciones de
asesoramiento.
Madrid, a 13 de marzo de 2025.—La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D.
(Orden de 17 de abril de 2024; B.O.C.M de 7 de mayo), el Viceconsejero de Economía y
Empleo, Daniel Rodríguez Asensio.
ANEXO
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES PARA LA CONCESIÓN
DE UNA SUBVENCIÓN A LA FEDERACIÓN NACIONAL DE ASOCIACIONES
DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS (ATA) Y A LA CONFEDERACIÓN
ESPAÑOLA DE JÓVENES EMPRESARIOS (CEAJE),
PARA LA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES DE ASESORAMIENTO
1. Naturaleza jurídica
El Plan Estratégico de Subvenciones se configura como un instrumento de gestión de
carácter programático, de planificación, carente de carácter normativo y cuyo contenido no
crea derechos ni obligaciones.
Su efectividad queda condicionada a las disponibilidades presupuestarias. Este Plan no
supone la generación de derecho alguno a favor de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir indemnización o compensación, en caso de que no se lleve a la práctica.
Así pues, el Plan se presenta como una guía que marca la pauta a seguir en la línea de
fomento de actividades de interés general para el período 2025-2027.
El establecimiento de subvenciones queda supeditado al cumplimiento de los objetivos
de estabilidad presupuestaria, por lo que las consignaciones presupuestarias que se aprueben
y los instrumentos de concesión se acomodarán en cada momento a dichos objetivos.
2. Ámbito normativo competencial
— Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
— Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
— Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
— Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid.
— Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
— Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
3. Objetivos estratégicos
Realización de acciones de asesoramiento, información, formación, sensibilización y
divulgación en materia de emprendimiento y desarrollo empresarial, con especial atención
al medio rural, con el fin de hacer frente al reto demográfico y contribuir a la revitalización
de los pequeños municipios de la región.
4. Costes presupuestarios previstos y fuentes de financiación
El importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones derivadas
de esta subvención es de 3.000.000 de euros y se financiará con cargo a la partida 48200 de
la Sección 12 del programa 241 Centro Gestor 120270000.
La financiación se efectuará con fondos de empleo de ámbito nacional, distribuidos
para su gestión por la Comunidad de Madrid, de conformidad con la Conferencia Sectorial
de Empleo y Asuntos Laborales.
5. Plazo de ejecución
Se concretará en dos ejercicios presupuestarios, iniciándose en el año 2025 y finalizando en el año 2026.
BOCM-20250326-17
Pág. 62
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID