Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20250326-34)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 26 DE MARZO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 72

Fue consultada la Dirección General de Promoción Económica e Industrial de la Comunidad de Madrid, la cual emitió informe indicando la potencial afección de la actuación
objeto de la presente autorización a derechos mineros titularidad de “Cementos Portland
Valderribas, S.A.”, así como la necesidad de poner en su conocimiento el proyecto en cuestión. Fue trasladada la respuesta a Red Eléctrica, quien tomó razón de dicho informe y manifestó su voluntad de alcanzar un acuerdo con “Cementos Portland Valderribas, S.A.” para
garantizar la compatibilidad de ambos intereses públicos.
En este sentido, Red Eléctrica aportó posteriormente, acuerdo expreso con “Cementos
Portland Valderribas, S.A.”, no poniendo impedimentos a continuar con la tramitación de
las correspondientes autorizaciones en los términos y condiciones del acuerdo suscrito por
ambas partes.
Preguntados el Ayuntamiento de Morata de Tajuña y la Dirección General de Urbanismo de la Comunidad de Madrid, no se recibió contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de estos en virtud de lo dispuesto en los artículos 127.2 y 131.1 del
referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Adicionalmente, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con
lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, mediante Anuncio
del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid, hecho público
en el “Boletín Oficial del Estado” núm. 230, de 26 de septiembre de 2023, en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 236 de fecha 4 de octubre de 2023. Se recibieron alegaciones de la Asociación Ecología y Libertad en el trámite de información pública, que fueron contestadas por Red Eléctrica.
El Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid emitió informe en relación con la solicitud de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción del proyecto presentado.
La ejecución del “bypass” operable en la subestación Morata 400 kV se encuentra incluida en la planificación vigente, “Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía
Eléctrica 2021-2026”, aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 22 de marzo
de 2022 (“Boletín Oficial del Estado” núm. 93, de 19 de abril de 2022). La citada actuación
forma parte del conjunto de acciones dirigidas a mejorar la seguridad y fiabilidad de suministro en Madrid.
Se remitió propuesta de resolución a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia para la emisión de informe de acuerdo a lo dispuesto por el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones
de energía eléctrica, modificado en su artículo 127.6 por el artículo 32.3 del Real DecretoLey 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del
transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural. Transcurrido el
plazo de emisión de este informe de 15 días hábiles sin haberse obtenido contestación y de
conformidad con la normativa anteriormente indicada, se considera informe favorable.
De acuerdo con los artículos 128 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, esta Dirección General de Política Energética y Minas resulta competente para resolver el procedimiento de autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción de las actuaciones objeto de esta propuesta de resolución.
De conformidad con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de
esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia de Red Eléctrica, el cual ha
respondido al mismo manifestando su conformidad.
Tomando en consideración los principios de celeridad y economía procesal que debe
regir la actividad de la Administración, resulta procedente resolver por medio de un único
acto la solicitud de Red Eléctrica relativa a la concesión de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción.
Las citadas autorizaciones se van a conceder sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y
a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables, así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecución de la obra.
Por todo ello, y en ejercicio de las competencias legalmente establecidas en el citado Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, esta Dirección General de Política Energética y Minas,

BOCM-20250326-34

BOCM