Leganés (BOCM-20250325-62)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 25 DE MARZO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 71

do una adscripción provisional, superior categoría o promoción interna temporal, sino
como si se hubiera permanecido en su categoría o puesto de origen.
a) Grado personal consolidado: por la posesión de grado personal consolidado se adjudicarán hasta un máximo de 6 puntos, según la siguiente distribución:
— Por grado personal superior en hasta dos niveles al del puesto solicitado: 6 puntos.
— Por grado personal consolidado igual al puesto solicitado: 5 puntos.
— Por grado personal consolidado inferior en dos niveles al del puesto solicitado: 4 puntos.
— Por grado personal consolidado inferior en cuatro niveles al del puesto solicitado: 3 puntos.
A los efectos de este apartado no será tenido en cuenta el tiempo de desempeño de
puestos del nivel correspondiente si no se justifica la efectiva consolidación del
grado mediante certificación o resolución correspondiente.
b) Valoración del trabajo desarrollado: se valorará hasta un máximo de 4 puntos según la distribución siguiente:
— Por estar desempeñando o haber desempeñado un puesto de trabajo con nivel
de complemento de destino superior en hasta dos niveles al del puesto que se
solicita: 4 puntos por cada año de servicio.
— Por estar desempeñando o haber desempeñado un puesto de trabajo con nivel
de complemento de destino igual al del puesto que se solicita: 3 puntos por
año de servicio.
— Por estar desempeñando o haber desempeñado un puesto de trabajo con nivel
de complemento de destino inferior en dos niveles al del puesto que se solicita: 2 puntos por año de servicio.
— Por estar desempeñando o haber desempeñado un puesto de trabajo con nivel
de complemento de destino inferior en cuatro niveles al del puesto que se solicita: 1 puntos por año de servicio.
c) Cursos de formación y perfeccionamiento: Únicamente se valorarán los cursos de
formación y perfeccionamiento profesional que versen sobre materias directamente relacionadas con las funciones propias del puesto de trabajo: hasta un máximo de 8 puntos de la siguiente forma:
Por acreditar la participación como alumno en cursos de formación y perfeccionamiento que versen sobre materias relacionadas con la plaza objeto de convocatoria: 0,1 puntos por hora de formación. Los cursos cuya acreditación se realice mediante créditos ECTS se valorarán a razón de 25 horas por crédito, salvo que en el
título se establezca otra equivalencia en horas por crédito.
d) Antigüedad: Se valorará a razón de 0,10 puntos por cada año completo de servicios hasta un máximo de 2 puntos.
En este apartado se incluirán en todo caso los servicios previos prestados a la
Administración Pública por los aspirantes, con carácter previo a su ingreso en la
Plantilla del Ayuntamiento de Leganés, siempre y cuando hubieran sido expresamente reconocidos por este Ayuntamiento.
Décima. Méritos específicos (hasta 10 puntos).
Segunda fase:
Se valorarán los méritos específicos adecuados a las características del puesto de trabajo alegados por los concursantes que hayan superado la primera fase, hasta un máximo
de 10 puntos. No se podrá adjudicar ningún puesto de trabajo a quien no obtenga esta segunda fase una valoración mínima de 3 puntos.
a) Titulaciones académicas relacionadas con el contenido del puesto de trabajo. Hasta un máximo de 2 puntos.
No se valorará la titulación exigida para el puesto de trabajo.
— Doctorado: 1 punto.
— Otras titulaciones académicas:
— 0,50 puntos por cada licenciatura o grado relacionado con el contenido del
puesto de trabajo.
— 0,25 puntos por cada diplomatura relacionada con el contenido del puesto de
trabajo.

BOCM-20250325-62

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