D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250322-16)
Convenio –  Publicación de Anexo de 28 de febrero de 2025, al convenio de cooperación educativa, entre la Universidad Pontificia de Salamanca y la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales para la realización de prácticas externas de estudiantes del Grado de Enfermería en centros y servicios dependientes de la Consejería correspondiente al curso académico 2024/2025
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 69

SÁBADO 22 DE MARZO DE 2025

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Segundo
Calendario
Fechas de realización de las prácticas: 17/03/2025 al 09/05/2025.
Número total de horas de prácticas: 208 horas.
Días de la semana y número de horas diarias de prácticas: De lunes a viernes en turno
de mañana de 7:45 h. a 14:45 h.
Tercero
Desarrollo de las prácticas
El desarrollo de las prácticas se establecerá de acuerdo con las características de las
mismas y las disponibilidades de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
Los horarios serán compatibles con la actividad académica y formativa y de representación y participación desarrollado por el estudiante de la Universidad Pontificia de Salamanca, debiendo el alumno comunicarlas con antelación suficiente al profesional tutor del
centro o servicio de prácticas.
Cuarto
Los estudiantes que realicen las prácticas estarán sujetos al régimen general establecido en el convenio de cooperación educativa firmado y a las condiciones concretas de este
Anexo, así como a cualquier otro deber previsto en la normativa vigente.
El estudiante deberá:
— Cumplir la normativa vigente establecida por la Universidad Pontificia de Salamanca.
— Conocer y cumplir el proyecto formativo de prácticas siguiendo las indicaciones
del profesional-tutor de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y
del tutor académico de la Universidad Pontificia de Salamanca.
— Incorporarse al centro o servicio de la Consejería donde vaya a realizar las prácticas en la fecha acordada, cumplir el horario previsto y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales del mismo.
— En el momento de su incorporación al centro o servicio donde realizará las prácticas, presentará para su firma por el profesional tutor de la Consejería, el documento facilitado por la Universidad Pontificia de Salamanca que le acredita como estudiante en prácticas.
— El estudiante en prácticas, que vaya a ejercer actividades que impliquen contacto
habitual con menores, en el momento de su incorporación al centro o servicio donde realizará las prácticas, deberá presentar al profesional tutor de la Consejería, una
certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de
Seres Humanos. Asimismo, estará obligado a comunicar inmediatamente al profesional tutor de la Consejería, que ha sido condenado por sentencia firme por algún
delito contra la libertad e indemnidad sexual, cuando esta sentencia se dicte con
posterioridad a la aportación de la certificación negativa citada anteriormente.
— Justificar debidamente las incidencias y sus faltas de asistencia ante el responsable de
cada centro o servicio de la Consejería y de la Universidad Pontificia de Salamanca.
— Guardar confidencialidad y secreto sobre las informaciones, documentos o asuntos
a los que tenga acceso o de los que tenga conocimiento durante el desarrollo de las
prácticas y una vez finalizadas. A estos efectos, cada estudiante deberá firmar, antes del inicio de aquéllas, un compromiso sobre confidencialidad y protección de
datos de carácter personal, que le será presentado por el centro y/o servicio de la
Consejería en el que realice las prácticas.
— Respetar el código deontológico profesional.
— Mostrar una actitud respetuosa hacia la política de la Consejería.
— Elaborar y entregar al profesor tutor de la Universidad Pontificia de Salamanca
una memoria final, a la conclusión de las prácticas, según el modelo facilitado por
dicha entidad.
— No hacer uso de los trabajos realizados en las prácticas, sin la autorización por escrito y previa de la Consejería.

BOCM-20250322-16

Obligaciones del estudiante