Villalbilla (BOCM-20250321-61)
Organización y funcionamiento. Reglamento Utilización Instalaciones
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 168

VIERNES 21 DE MARZO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 68


Por razones de convivencia y seguridad quedan prohibidas las carreras por las playas de la
piscina, los juegos molestos y, sobre todo, los peligrosos.


Se permite hacer toples en la instalación en la zona de playa y vaso.

— No se permitirá arrojarse de forma violenta a la piscina al resultar peligroso tanto para el que
realice la acción como para los bañistas que pudieran estar sumergidos.
Los aparatos musicales, no están autorizados para ser escuchados con volumen, únicamente con
dispositivos individuales.
28.2. Piscina climatizada
Son de aplicación las siguientes normas:

No se permite la entrada a menores si no van acompañados de personas mayores de edad que
asuman su responsabilidad, a excepción de la entrada a cursos para menores. Los menores,
necesitarán un consentimiento explicito por temporada para acceder solos a los recintos de las piscinas.


Se obligatorio el uso de gorro de baño en el recinto de la piscina.



No se permite la entrada de animales.


Como medida de salud higiénica, no se permite el acceso al recinto de la piscina a
personas con enfermedades infectocontagiosas, salvo informe médico en sentido contrario.


Se seguirá en todo momento las indicaciones del personal de la piscina y de los socorristas.


No se permite la entrada al recinto de la piscina con ropa y calzado de calle, accediendo por
los vestuarios y utilizando los mismos para el cambio de ropa. Es obligado la utilización del
bañador, no permitiéndose bañadores y calzados utilizados como prenda de calle.


Es obligado ducharse antes de introducirse en el agua.


No se permite tirar o introducir en el agua prendas de ropa de ningún tipo, ni objetos ajenos
a los estrictamente deportivos referidos a la natación.

No se permite comer en el recinto de la piscina, así como fumar o introducir bebidas con
riesgo de derramarse.


No se permite introducir sombrillas, mesas, sillas y demás elementos.


Queda expresamente prohibido introducir en vestuarios y servicios cualquier elemento de
cristal o similar, como botellas, frascos, espejos, vasos, etcétera, que puedan producir lesiones a
los usuarios en caso de rotura.

Se prohíbe el uso de colchones neumáticos o colchonetas salvo en actividades organizadas
por el Ayuntamiento de Villalbilla.

Se tratarán de evitar los aceites, los bronceadores y demás cremas que ensucian el agua
contribuyendo a la degradación del servicio. En todo caso quienes los utilizaren se ducharán
convenientemente antes de introducirse en el agua.

— No se permitirá arrojarse de forma violenta a la piscina al resultar peligroso tanto para el que
realice la acción como para los bañistas que pudieran estar sumergidos. Los aparatos musicales,
en caso de introducirse, moderarán su volumen.
Art. 29. Vestuarios y taquilla
En beneficio del buen uso deportivo, comodidad y disfrute de quienes desean utilizar las
instalaciones deportivas municipales y, por tanto, precisan hacer uso de los vestuarios, así

BOCM-20250321-61


Por razones de convivencia y seguridad quedan prohibidas las carreras por las playas de la
piscina, los juegos molestos y, sobre todo, los peligrosos.