C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID (BOCM-20250321-8)
Organización y delegación competencias – Decreto rectoral 4/2025, de 10 de marzo, de establecimiento de los Vicerrectorados de la Universidad Complutense de Madrid, de delegación de competencias y de diversas cuestiones de índole organizativa
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BOCM
Pág. 36
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 68
Artículo 11
Vicerrectorado de Relaciones Internacionales, Cooperación y Voluntariado
Artículo 12
Vicerrectorado de Cultura, Deporte y Extensión Universitaria
1. El Vicerrectorado de Cultura, Deporte y Extensión Universitaria será responsable
de la definición y ejecución de políticas dirigidas a potenciar las actividades culturales, deportivas y de extensión universitaria de la Universidad Complutense de Madrid.
2. Dentro del ámbito funcional descrito en el apartado anterior, este Vicerrectorado
elaborará las propuestas de líneas estratégicas.
BOCM-20250321-8
1. El Vicerrectorado de Relaciones Internacionales, Cooperación y Voluntariado
será responsable de todo lo concerniente al establecimiento de acuerdos y convenios de ámbito internacional por parte de la UCM, así como del desarrollo de la acción internacional
de la Universidad y de las políticas y acciones de cooperación para el desarrollo y el voluntariado.
2. Dentro del ámbito funcional descrito en el apartado anterior, este Vicerrectorado
elaborará las propuestas de líneas estratégicas.
3. El Vicerrectorado de Relaciones Internacionales, Cooperación y Voluntariado desempeñará las siguientes funciones y ejercerá, por delegación, las competencias específicas
que se detallan:
a) La promoción, coordinación y seguimiento de la política universitaria de convenios de su ámbito funcional, salvo en el supuesto de que tales competencias estén
atribuidas a otro Vicerrectorado por razón de la materia.
b) La coordinación con las Embajadas de las visitas, actos o viajes oficiales del rector.
c) La supervisión, seguimiento y promoción de las Escuelas Complutenses Latinoamericana y Africana.
d) El establecimiento y seguimiento de relaciones académicas, culturales o científicas con instituciones extranjeras y el desarrollo de programas internacionales de
cooperación académica y científica.
e) Las relaciones académicas con las alianzas universitarias internacionales y, en
particular, con la Alianza Una Europa y la Unión Iberoamericana de Universidades, así como la participación en representación de la Universidad en sus órganos
de dirección o gestión.
f) La preparación, firma, seguimiento y ejecución de convenios de naturaleza académica en materia de relaciones internacionales.
g) La articulación de programas de acogida para estudiantes extranjeros, en coordinación con el Vicerrectorado de Estudiantes.
h) La gestión de los programas de movilidad y el apoyo a profesorado visitante y estudiantado, en coordinación con los Vicerrectorados de Ordenación Académica y
de Estudiantes.
i) Las relaciones con el Real Colegio Complutense de Harvard, con otros Centros de
la Universidad Complutense en el extranjero y con el Centro Complutense de Enseñanza del Español.
j) El nombramiento y cese de los cargos académicos del Real Colegio Complutense
de Harvard, a excepción de su director o directora.
k) La organización, promoción, coordinación y seguimiento de la política en materia
de cooperación al desarrollo, sin perjuicio del impulso del Vicerrectorado de Estudiantes dentro de su ámbito de actuación.
l) La organización, promoción, coordinación y seguimiento de la política en materia
de voluntariado, sin perjuicio del impulso del Vicerrectorado de Estudiantes dentro de su ámbito de actuación.
m) La resolución de los recursos administrativos en las materias propias de su competencia.
n) La resolución que ponga fin a los procedimientos de responsabilidad patrimonial
en las materias propias de su competencia.
o) La resolución que ponga fin a los procedimientos de revisión de oficio en las materias propias de su competencia.
p) Cuantas otras competencias atribuidas al rector sean delegadas en el ámbito funcional de este Vicerrectorado.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 68
Artículo 11
Vicerrectorado de Relaciones Internacionales, Cooperación y Voluntariado
Artículo 12
Vicerrectorado de Cultura, Deporte y Extensión Universitaria
1. El Vicerrectorado de Cultura, Deporte y Extensión Universitaria será responsable
de la definición y ejecución de políticas dirigidas a potenciar las actividades culturales, deportivas y de extensión universitaria de la Universidad Complutense de Madrid.
2. Dentro del ámbito funcional descrito en el apartado anterior, este Vicerrectorado
elaborará las propuestas de líneas estratégicas.
BOCM-20250321-8
1. El Vicerrectorado de Relaciones Internacionales, Cooperación y Voluntariado
será responsable de todo lo concerniente al establecimiento de acuerdos y convenios de ámbito internacional por parte de la UCM, así como del desarrollo de la acción internacional
de la Universidad y de las políticas y acciones de cooperación para el desarrollo y el voluntariado.
2. Dentro del ámbito funcional descrito en el apartado anterior, este Vicerrectorado
elaborará las propuestas de líneas estratégicas.
3. El Vicerrectorado de Relaciones Internacionales, Cooperación y Voluntariado desempeñará las siguientes funciones y ejercerá, por delegación, las competencias específicas
que se detallan:
a) La promoción, coordinación y seguimiento de la política universitaria de convenios de su ámbito funcional, salvo en el supuesto de que tales competencias estén
atribuidas a otro Vicerrectorado por razón de la materia.
b) La coordinación con las Embajadas de las visitas, actos o viajes oficiales del rector.
c) La supervisión, seguimiento y promoción de las Escuelas Complutenses Latinoamericana y Africana.
d) El establecimiento y seguimiento de relaciones académicas, culturales o científicas con instituciones extranjeras y el desarrollo de programas internacionales de
cooperación académica y científica.
e) Las relaciones académicas con las alianzas universitarias internacionales y, en
particular, con la Alianza Una Europa y la Unión Iberoamericana de Universidades, así como la participación en representación de la Universidad en sus órganos
de dirección o gestión.
f) La preparación, firma, seguimiento y ejecución de convenios de naturaleza académica en materia de relaciones internacionales.
g) La articulación de programas de acogida para estudiantes extranjeros, en coordinación con el Vicerrectorado de Estudiantes.
h) La gestión de los programas de movilidad y el apoyo a profesorado visitante y estudiantado, en coordinación con los Vicerrectorados de Ordenación Académica y
de Estudiantes.
i) Las relaciones con el Real Colegio Complutense de Harvard, con otros Centros de
la Universidad Complutense en el extranjero y con el Centro Complutense de Enseñanza del Español.
j) El nombramiento y cese de los cargos académicos del Real Colegio Complutense
de Harvard, a excepción de su director o directora.
k) La organización, promoción, coordinación y seguimiento de la política en materia
de cooperación al desarrollo, sin perjuicio del impulso del Vicerrectorado de Estudiantes dentro de su ámbito de actuación.
l) La organización, promoción, coordinación y seguimiento de la política en materia
de voluntariado, sin perjuicio del impulso del Vicerrectorado de Estudiantes dentro de su ámbito de actuación.
m) La resolución de los recursos administrativos en las materias propias de su competencia.
n) La resolución que ponga fin a los procedimientos de responsabilidad patrimonial
en las materias propias de su competencia.
o) La resolución que ponga fin a los procedimientos de revisión de oficio en las materias propias de su competencia.
p) Cuantas otras competencias atribuidas al rector sean delegadas en el ámbito funcional de este Vicerrectorado.