D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250321-33)
Convenio –  Convenio de colaboración de 28 de febrero de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y el Ayuntamiento de Alcorcón, para la autorización gratuita de uso del inmueble ubicado en la calle Parque Bujaruelo, números 1 y 3, de Alcorcón para la prestación de servicios de un Centro de Apoyo y Encuentro Familiar (CAEF)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 68

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE MARZO DE 2025

Pág. 107

IV.
V.

Grupos formativos de la escuela de familia.
Servicio de punto de encuentro familiar para dar cumplimiento al régimen de visitas de menores fijadas por la autoridad judicial o administrativa.
VI. Apoyo y cuidado de menores para posibilitar la asistencia a los servicios ofrecidos.
VII. Coordinación de los diferentes servicios.
Los servicios tendrán carácter confidencial y deberán ser gratuitos para las familias.
Tercera
Compromisos de la Comunidad de Madrid
La Comunidad de Madrid, a través de la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, es competente para la puesta en marcha y gestión de un Centro de Apoyo y Encuentro Familiar, en
la ubicación y con los servicios que se prevén en el presente convenio.
La Comunidad de Madrid, a través de la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad exigirá la suscripción de un plan de emergencias a la empresa prestadora de los servicios del Centro de Apoyo y Encuentro Familiar, que contarán con un plan
de emergencias propio.
Cuarta
Compromisos del Ayuntamiento de Alcorcón
El Ayuntamiento de Alcorcón, mediante la aprobación del órgano competente de su
Ayuntamiento, autoriza a la Comunidad de Madrid, a través de la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos
Sociales, el uso gratuito del local ubicado en la calle Parque Bujaruelo, números 1 y 3, de
la localidad, según plano adjunto.
Quinta
Publicidad
En los equipamientos relacionados con la ejecución de los servicios objeto del presente convenio deberá figurar la identificación corporativa de la Comunidad de Madrid y del
Ayuntamiento de Alcorcón.
Sexta
1. La Comunidad de Madrid, a través de la Dirección General de Infancia, Familia y
Fomento de la Natalidad de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, se hará
cargo de los siguientes gastos de conservación y suministros necesarios y responsabilidad
por los daños que pudiera ocasionar al inmueble, que serán repercutidos a la entidad adjudicataria de la prestación de los servicios referidos en el presente convenio:
— Gastos de equipamiento y consumo de telefonía, contestador automático telefónico, fax e internet y sistema informático, incluyendo los equipos y las aplicaciones
informáticas, impresoras y fotocopiadoras durante el tiempo en que esté vigente
el convenio.
— Limpieza de locales.
— Mobiliario.
— Seguro de responsabilidad civil para la cobertura de los riesgos derivados de la
prestación de los servicios.
La Dirección General Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad de la Consejería de
Familia, Juventud y Asuntos Sociales llevará a cabo los servicios previstos en la cláusula
segunda de este convenio, mediante gestión indirecta, repercutiendo estos gastos a la entidad adjudicataria del correspondiente contrato de servicios. Por tanto, la suscripción de este
convenio de colaboración entre ambas partes no genera ninguna aportación económica para
la Comunidad de Madrid. La Comunidad de Madrid queda exenta del devengo de la tasa a la
que está sujeta el uso de los bienes de dominio público. La autorización del uso del inmueble
no está sujeto a tasa, de conformidad con lo establecido en el apartado 5.o del artículo 92 de la

BOCM-20250321-33

Financiación