D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - O. A. Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) (BOCM-20250321-29)
Convenio –  Convenio de 4 de marzo de 2025, entre el Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) y el Ayuntamiento de Madrid, para colaboración en el marco del programa “guardianes de semillas”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 68

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE MARZO DE 2025

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munidad y devolver al cultivo de los agricultores madrileños aquellas variedades hortícolas que muestren especial interés.
Sexto
Que este convenio es acorde con lo dispuesto en el artículo 135 de la Ley 2/2003, de 11 de
marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, en su estructura y contenido,
ya que habilita a la Comunidad de Madrid y las Entidades Locales madrileñas a que celebren
entre sí los convenios que tengan por conveniente en asuntos de su interés común de acuerdo con los principios establecidos en dicha norma y sin más limitaciones que las establecidas por la ley y el debido respeto a la autonomía de las entidades que los celebren.
En este sentido, el presente convenio da conformidad a las previsiones del artículo 57 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local, y del artículo 10.1.
de la Ley 1/2014, de 25 de julio, de Adaptación del Régimen Local de la Comunidad de
Madrid a la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la
Administración Local.
Séptimo
De acuerdo a lo establecido en el artículo 48.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, con la suscripción de este convenio se mejora la eficiencia de la gestión pública, se facilita la utilización conjunta de medios y servicios públicos, se contribuye a la realización de actividades de utilidad pública y se cumple con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Por todo lo expuesto, el IMIDRA y el Ayuntamiento de Madrid suscriben el presente
convenio con sujeción a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El presente Convenio tiene por objeto establecer las actividades de colaboración entre
el Ayuntamiento de Madrid y el IMIDRA en el marco del Programa “Guardianes de Semillas”, con el fin de facilitar, impulsar y estimular el mantenimiento de la biodiversidad de
los cultivos propios de la Comunidad de Madrid.
Segunda
El Ayuntamiento de Madrid se obliga por el presente Convenio a las siguientes actuaciones:
1. Realizar actuaciones de sensibilización para la conservación de semillas de variedades locales ayudando a hacer frente a la pérdida de biodiversidad y cultural, a través de
actividades a realizar en los huertos escolares.
2. Trabajar con los centros educativos de la Red de Huertos Escolares Sostenibles,
que se convierten en Guardianes de Semillas que desarrollan contenidos curriculares a la
vez que siembran, cuidan y recolectan las semillas de las variedades observando las recomendaciones generales facilitadas por el IMIDRA.
3. Custodiar adecuadamente el material cedido por el IMIDRA y no hacer uso comercial de las semillas que le ceda el IMIDRA, ni de los productos de su cultivo y cosecha. Este
compromiso se extiende tanto a las semillas cedidas por el IMIDRA como a las plantas de ellas
obtenidas, incluidas todas sus partes, frutos y nuevas semillas resultado de su cultivo.
4. Trasladar al IMIDRA cualquier información relevante obtenida durante la evaluación y uso del material.
5. Citar al IMIDRA en todas las publicaciones o comunicaciones generadas con dicho material o a partir de la información suministrada por el IMIDRA sobre el mismo.
6. Asegurar que las entidades que participen en el programa “Guardianes de Semillas” se comprometan a devolver las semillas cosechadas al IMIDRA y a cultivar las que
reciban en cada anualidad con las condiciones de separación de otras variedades de la misma especie que el IMIDRA les indique en cada caso.

BOCM-20250321-29

Obligaciones del Ayuntamiento de Madrid